DISPOSICIÓN 926 2023 DIRECCION GENERAL HABILITACION DE CONDUCTORES
Síntesis:
NOTA SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTICULO 1° DE LA DISPOSICION N° 926-DGHC-23 MODIFICA LA DISPOSICION N° 494-DGLIC-10 DE LA CUAL NO SE ENCONTRARON REGISTROS DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL - MODIFICA - MANUAL DE PROCEDIMIENTOS - DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIÓN DE CONDUCTORES
Publicación:
28/09/2023
Sanción:
21/09/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL HABILITACION DE CONDUCTORES
VISTO: La Ley 2.148; el Decreto 588/2010; el Decreto 465/2013; el Decreto 316/2021;
el Decreto de Necesidad y Urgencia 11/21; la Disposición 860/DGHC/2023; el
Expediente Electrónico N° EX-2023- 33048270- -GCABA-DGHC°; y;
CONSIDERANDO:
Que, el trámite de reimpresión obligatoria para las habilitaciones comprendidas en la
prórroga prevista en el Artículo 2° del Decreto de Necesidad y Urgencia N°11/2021
posée un tiempo de dos meses anteriores al vencimientos de la licencia original desde
cuando es aceptada la solicitud;
Que, dicho lapso se estableció para poder ordenar el flujo de solicitudes en función de
los recursos disponibles para su tratamiento;
Que, la operativa de trámites online, dependiente de la Subgerencia Operativa de
Habilitaciones Especiales y Archivo, tiene, actualmente, la capacidad suficiente como
para permitir el acceso al trámite de reimpresión con anterioridad al límite antedicho;
Que, es adecuado elevar dicho lapso, desde cuando un titular puede solicitar la
reimpresión de su habilitación, a tres meses;
Que, la modificación del manual de procedimientos permite la corrección de erratas en
los parámetros médicos del punto II.D.4, de acuerdo a lo solicitado por la Coordinación
Médica;
Que, a los fines operativos, y en virtud de la experiencia acumulada en la atención de
2000 personas por día, se propone establecer una vigencia de noventa días, para
acreditar el monto del haber jubilatorio, con el objeto de la determinación del pago del
arancel respectivo.
Que, se destaca, que como en todos los actos administrativos, quien presenta una
documentación para validar un dato personal, lo hace en el marco de una declaración
jurada, asumiendo las responsabilidades por la veracidad y la vigencia de los datos
que pretende acreditar.
Por ello, y en uso de sus facultades;
Artículo 1°: Modifíquese el Manual de Procedimientos de la Dirección General de
Habilitación de Conductores, establecido en su versión actualizada por la Disposición
860/DGHC/2023, por el texto que surge del IF-2023-34506442-GCABA-DGHC que,
como Anexo I, se integra a la presente
Artículo 2°: Instrúyase a la Gerencia Operativa de Habilitaciones para que establezca y
articule los procedimientos complementarios, para la adecuada implementación de lo
aquí dispuesto.-
Artículo 3°.- Comuníquese a las Áreas involucradas en el trámite de habilitación de
conductores de esta Dirección General de Habilitación de Conductores; publíquese en
Boletín Oficial, cumplido, archívese. Barbiero