RESOLUCIÓN 11 2023 SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE LA MOVILIDAD

Síntesis:

ESTABLECE - DE MANERA PROVISORIA Y EXCEPCIONAL - REALIZAR MEDICIONES ACÚSTICAS - SUSPENSIÓN DE LA OPERATORIA DE REGULACIÓN GUARDA Y ESTACIONAMIENTO NOCTURNO - COLECTIVOS - PLAYA DE REGULACIÓN SUCRE - CENTRO DE TRASBORDO BARRANCAS DE BELGRANO - DESDE EL DÍA 2 DE OCTUBRE DE 2023 A LAS 22 HORAS -HASTA LA FINALIZACIÓN DE LAS MEDICIONES DEL DÍA 3 DE OCTUBRE DEL 2023 A LAS 7 HORAS - AUTORIZA - EMPRESAS PRESTADORAS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - LÍNEAS DE COLECTIVOS  N° 55, 64, 80, 114 Y 118 - REALIZAR LA OPERACIÓN DE REGULACIÓN - DESDE LAS 22 HORAS DEL DÍA 2 DE OCTUBRE 2023 - HASTA LAS 7 HORAS DEL DÍA 3 DE OCTUBRE 2023 - SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD

Publicación:

03/10/2023

Sanción:

02/10/2023

Organismo:

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE LA MOVILIDAD


VISTO: Las Leyes Nros 2.148, 6.292 (Texto consolidado Ley N° 6.588), y 6.135, el

Decreto N° 463/19, las Resoluciones Nros N° 24-SSPMO-2021 y 8-SSPMO-2023, las

Disposiciones Nros. 561-GCABA-DGEVA-20 y 992-GCABA-DGEVA-20, y el

Expediente Electrónico N° EX-2023-27758772-GCABA-SSPMO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N°8-SSPMO-2023 se autorizó de manera provisoria y

excepcional, durante el desarrollo del Plan de Trabajo previsto para realizar

mediciones acústicas en la "Playa de Regulación Sucre" del Centro de Trasbordo

Barrancas de Belgrano que las unidades aprobadas en el Anexo I de la Resolución 24-

SSPMO-2021, el día lunes 18 de septiembre de 2023 ingresen de 22 a 23:59 horas

para realizar la tarea de "guarda nocturna", y que puedan iniciar sus servicios entre las

4 y las 6 horas del martes 19 de septiembre del mismo año;

Que en dicha Resolución asimismo se estableció de modo provisorio y excepcional, la

suspensión de la operatoria de regulación diurna, guarda y estacionamiento nocturno

de colectivos, en la mencionada Playa de Regulación, mientras se realizaban las

mediciones acústicas, previstas en las Disposiciones Nros. 561-GCABA-DGEVA-20 y

992-GCABA-DGEVA-20;

Que, conforme surge del informe N° IF-2023-36728156-GCABA-DGDEI elaborado por

la Dirección General de Diseño e Implementación, resulta necesario realizar

nuevamente las citadas mediciones del período nocturno sin actividad;

Que en consecuencia, de conformidad con el informe N° IF-2023-36733631-GCABA-

SSPMO elaborado por la Gerencia Operativa de Transporte Colectivo de Pasajeros,

se propone dictar un acto administrativo que autorice los cambios excepcionales y

provisorios necesarios para concluir las actividades de monitoreo acústico planteadas

para la Playa de Regulación Sucre;

Que la Ley N° 6.292 estableció la estructura ministerial y las competencias

actualmente vigentes para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 463/2019, aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las

responsabilidades primarias y objetivos de las unidades de organización integrantes

de este Gobierno, contemplando a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas como

dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que dentro de la órbita de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas se encuentra

la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad, que de conformidad con el citado

Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, tiene entre sus responsabilidades primarias la

de "Planificar, implementar y evaluar proyectos de transporte y tránsito y/o programas

y servicios que mejoren la movilidad, la circulación y el tránsito en la Ciudad de

Buenos Aires", la de "Entender, diseñar y/o elaborar marcos regulatorios e

implementar el ordenamiento del Servicio de Transporte Colectivo de Pasajeros y de

carga en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y la de "Participar de la

gestión las paradas, sitios de regulación, proponer redes alternativas y/o

modificaciones a la red del servicio de transporte colectivo de pasajeros, entendiendo

las necesidades en relación a las características de la demanda y su localización

territorial";

Que de la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad depende la Gerencia

Operativa Transporte Colectivo de Pasajeros, la cual posee en la Descripción de sus

Acciones, de acuerdo al mencionado Decreto, la competencia de "Proponer sitios de

regulación de la red del Servicio de Transporte Colectivo de Pasajeros en el territorio

de la Ciudad de Buenos Aires";

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello, en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 463/2019 y sus

modificatorios,

LA SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Establecer de manera provisoria y excepcional, la suspensión de la

operatoria de regulación, guarda y estacionamiento nocturno de colectivos, en la Playa

de Regulación en el Centro de Trasbordo Barrancas de Belgrano, desde el día 2 de

octubre de 2023 a las 22 horas, hasta la finalización de las mediciones del día 3 de

octubre del mismo año a las 7 horas.

Artículo 2°.- Autorizar de manera provisoria y excepcional, a las Líneas de colectivos

Nros. 55, 64, 80, 114 y 118, a realizar la operación de regulación desde las 22 horas

del día 2 de octubre hasta las 7 horas del día 3 de octubre ambos del corriente año,

según el siguiente detalle:

Línea N° 55: hasta un máximo de DOS (2) unidades, operando la regulación sobre

mano derecha numeración impar en la avenida. Virrey Vértiz entre las calles La

Pampa y José Hernández, a 55 metros de la intersección de avenida Virrey Vértiz y

calle La Pampa.

Línea N° 64: hasta un máximo de CUATRO (4) unidades, operando la regulación

sobre mano derecha numeración impar en la Av. Virrey Vértiz entre las calles La

Pampa y Virrey del Pino, a 80 metros de la intersección de Av. Virrey Vértiz y La

Pampa.

Línea N° 80: hasta un máximo de DOS (2) unidades, operando la regulación sobre la

mano derecha de numeración par de la calle Echeverría entre la calle Zavalía y la

avenida Virrey Vértiz, a 5 metros de la intersección de la calle Echeverría con la

avenida Virrey Vértiz.

Línea N° 114: hasta un máximo de DOS (2) unidades, operando la regulación sobre la

mano derecha de numeración par de la calle Echeverría entre la calle Zavalía y la

avenida Virrey Vértiz, a 30 metros de la intersección de la calle Echeverría con

avenida Virrey Vértiz.

Línea N° 118: hasta un máximo de CINCO (5) unidades, operando la regulación sobre

mano derecha numeración impar en la avenida Virrey Vértiz entre las calles La Pampa

y Virrey del Pino, a 130 metros de la intersección de avenida Virrey Vértiz y calle La

Pampa.

Artículo 3°.- Los vehículos mencionados en el artículo precedente que permanezcan

estacionados, siempre que estén detenidos, deberán permanecer con el motor

apagado, sin excepción.

Artículo 4°.- La presente resolución comenzará a regir a partir de su firma.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría de Gestión de Transporte dependiente del Ministerio de

Transporte de la Nación, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a las

Cámaras representativas de las líneas de transporte público de pasajeros por

automotor involucradas, a las empresas operadoras de las líneas de transporte público

de pasajeros Nros. 55, 64, 80, 114, 118, a la Dirección General del Cuerpo de Agentes

de Tránsito, a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad y a la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas. Cumplido, archívese. Capelli

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 11/SSPMO/23 establece de manera provisoria y excepcional, la suspensión de la operatoria de regulación, guarda y estacionamiento nocturno de colectivos, en la Playa de Regulación en el Centro de Trasbordo Barrancas de Belgrano, desde el día 2 de octubre de 2023 a las 22 horas, hasta la finalización de las mediciones del día 3 de octubre del mismo año a las 7 horas.</p><p>Artículo 2° autoriza de manera provisoria y excepcional, a las Líneas de colectivos Nros. 55, 64, 80, 114 y 118, a realizar la operación de regulación desde las 22 horas del día 2 de octubre hasta las 7 horas del día 3 de octubre 2023.</p>