RESOLUCIÓN 672 2000 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO CON LA FIRMA PRODUCTOS ROCHE SAQEI - PROVISIÓN DE PRODUCTOS MEDICINALES A HOSPITALES

Publicación:

12/05/2000

Sanción:

19/04/2000

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 0080-CVD ex MCBA- 96; y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado tramita la presentación efectuada por DROGUERIA MAGNA S.A., ante la ex Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires gestionando el pago de un crédito, por la suma de pesos doscientos once mil ochocientos once con noventa centavos ($ 211.811,90), originado en la provisión de productos medicinales a distintos hospitales de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, prestación ratificada a través de la Resolución N° 2.002-SS-99;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada, prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la pretensión de marras fue iniciada al amparo de la antedicha norma, habiéndose cumplido las diligencias administrativas y los informes requeridos por la misma;

Que evaluada su procedencia, efectuada la revisión del crédito reclamado, y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con fecha 7 de enero de 1998, se noticiaron, a la reclamante, las alternativas que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada en su favor;

Que el 16 de enero de 1998 la interesada aceptó cobrar su acreencia anterior al 6-8-96 por un importe de pesos ciento veintiseis mil ciento noventa y cinco con noventa y ocho ($126.195,98) con una quita del treinta y cinco por ciento (35 %), en dieciocho (18) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de enero de 1998;

Que en la misma fecha comunicó el deseo de percibir su crédito posterior al 6-8-96 por un monto de pesos veinticinco mil cuarenta y cinco con treinta y tres centavos ($ 25.045,33) con una quita del treinta por ciento (30 %), en dos (2) cuotas iguales con vencimiento a los treinta (30) y sesenta (60) días de aprobarse el Acta Acuerdo pertinente;

Que por presentación del 17 de febrero de 2000 realizada ante la Dirección General de Tesorería, quedó acreditado el derecho de PRODUCTOS ROCHE S.A.Q. e I. como cesionaria del crédito reclamado;

Que se adjuntó documentación justificatoria del carácter invocado, y su ratificación a las opciones de pago elegidas en su momento, para percibir la deuda verificada;

Que como consecuencia de todo lo expuesto el importe de pesos ochenta y dos mil veintisiete con treinta y nueve centavos ($82.027,39) debe ser reconocido como crédito a percibir por la cesionaria en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96;

Que por aplicación extensiva de lo establecido por los incisos a) y b) de la Resolución N° 236-SSHyF/SSG-97, y atento las opciones de cobro decididas por cedente y cesionaria reseñadas ut supra dicho pago se formalizará mediante un pagaré Decreto N° 225-GCBA-96, emitido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en pesos y con cláusula sin protesto;

Que el mentado instrumento cancelatorio de la obligación de marras será satisfecho a los treinta (30) días de dictada la presente y su importe, único, será del monto reconocido como crédito -con origen anterior al 6-8-96- con más los intereses sobre saldos liquidados, al seis punto siete por ciento (6,7 %) anual, desde la citada fecha y hasta el momento de su satisfacción total, conforme al sistema francés de amortización;

Que la suma resultante, relacionada en el párrafo precedente, se verá afectada por la retención que pudiera caber en concepto de Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos;

Que también corresponde reconocer y abonar a PRODUCTOS ROCHE S.A.Q. e I., en los términos del inciso a) del Art. 14° del Decreto N° 225-GCBA-96, el crédito posterior al 6-8-96, determinado en su momento, el cual le fuera transmitido, en su favor, conforme constancias prereseñadas;

Que el mismo alcanza la suma de pesos diecisiete mil quinientos treinta y uno con sesenta y seis centavos ($17.531,66), como resultado de la aquiescencia prestada en cuanto a la readecuación de precios del orden del veintinueve punto quinientos sesenta y tres por ciento (29,563 %), sobre el monto verificado de pesos treinta y cinco mil quinientos cincuenta y seis con noventa y dos centavos ($ 35.556,92), y posterior deducción de un treinta por ciento (30 %) siguiéndose la opción de cobro decidida;

Que la suma a abonarse será satisfecha sin interés alguno, en dos (2) cuotas mensuales y consecutivas con vencimiento, respectivamente, a los treinta (30) y sesenta (60) días de la fecha de la presente a instrumentarse mediante pagarés con cláusula sin protesto Decreto N° 225-GCBA-96 emitidos en pesos por el Gobierno de la Ciudad;

Que del monto total de la primera obligación referida en el párrafo precedente correspondería efectuarse la retención pertinente en concepto de Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos;

Que en su Dictamen del 29 de marzo de 2000, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires manifestó su conformidad con la suscripción del documento de estilo por el cual se materializare lo acordado por las partes, diligencia formalizada a través de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal mediante Acta de fecha 17 de abril de 2000;

Que en tales intervenciones se ha dado cumplimiento, respectivamente, a lo establecido por los artículos 7° y 8° del Decreto N° 225-GCBA-96;

Por ello, y conforme lo establecido en el Art. 9° del Decreto N° 225-GCBA-96

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 17 de abril de 2000, por la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y la firma PRODUCTOS ROCHE S.A.Q. e I., representada por el señor Julio Oscar ALZATTI (D.N.I. N° 5.604.443), que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Art. 2° Notifíquese a la Dirección General de Contaduría a los efectos de los Arts. 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Secretaría de Salud, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, de Tesorería y de Contaduría.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 672-SHYF-00 Aprueba acta acuerdo con la firma PRODUCTOS ROCHE SAQ e I por vencimiento propuesta de la Res. 236-SG-97