RESOLUCIÓN 7459 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

ESTABLECE - VALOR - PUBLICACIÓN - DE EDICTOS PARTICULARES - DE PUBLICACIONES - Y DE ANEXOS - CON CARGO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUMA DE PESOS DOSCIENTOS - $ 280,00 - POR CADA LÍNEA Y POR CADA DÍA DE PUBLICACIÓN - DE ANEXOS - SUMA DE PESOS UN MIL SETECIENTOS - $ 1700 - POR CADA PÁGINA TAMAÑO A-4 Y POR CADA DÍA DE PUBLICACIÓN - VALORES DE LOS SERVICIOS ESPECIALES 

Publicación:

18/10/2023

Sanción:

11/10/2023

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: El Código Fiscal vigente (T.O. 2023), y sus modificatorias Leyes Nros. 6618,

6642, 6643, 6648 y 6649, los Decretos Nros. 900/91 y sus modificatorios, y 148/17, la

Resolución N° 1097/20, el Expediente Electrónico N° 2023-36676035-GCABA-

DGCLCON; y,

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el visto tramita la actualización de los valores de

publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el artículo 522 del Código Fiscal vigente (T.O. 2023), modificado por las Leyes

Nros. 6618, 6642, 6643, 6648 y 6649, autoriza al Poder Ejecutivo a recuperar los

costos que ocasionan los servicios especiales prestados por los distintos organismos

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a requerimiento de los

interesados y a iniciativa de la misma Administración;

Que por el Decreto N° 900/91 y sus modificatorios, se aprobó la tabla de valores de

recuperación de costos, mediante la cual se indicó cuáles son los servicios especiales

prestados por los diferentes organismos y el valor de recuperación de costos de los

mismos;

Que por el Decreto N° 148/17 se incorporaron a la citada tabla de valores la

publicación de los edictos particulares y de publicaciones con cargo, por un lado, y de

Anexos, por el otro, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, estableciendo

el costo por publicación en pesos veinte ($ 20) y pesos ochocientos ($ 800),

respectivamente;

Que por el artículo 2 del precitado Decreto se facultó al titular del entonces Ministerio

de Hacienda para que, a propuesta de la Secretaría Legal y Técnica, actualice el valor

consignado de las publicaciones referidas;

Que la Resolución N° 1097/20 establece el valor de publicación de edictos particulares

y de publicaciones con cargo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en la

suma de pesos treinta y cinco ($ 35) por cada línea y por cada día de publicación;

Que la misma normativa establece el valor de publicación de Anexos en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en la suma de pesos un mil quinientos ($ 1500)

por cada página tamaño A-4 y por cada día de publicación;

Que atento el tiempo transcurrido desde el dictado de la norma precitada, la Secretaría

Legal y Técnica solicitó modificar el valor actualmente vigente a los efectos de fijar un

arancel racional, acorde y representativo al servicio prestado por la Administración;

Que, de conformidad con los informes obrantes en el presente actuado, corresponde

ajustar los valores de publicación de edictos particulares y de las publicaciones con

cargo, en la suma de pesos doscientos ochenta ($ 280,00) por cada línea y por cada

día de publicación, y la publicación de Anexos en la suma de pesos un mil setecientos

($ 1700), por cada página tamaño A-4 y por cada día de publicación en el Boletín

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, por lo expuesto, resulta pertinente aprobar los nuevos valores de las

publicaciones en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 148/17,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establecer el valor de publicación de edictos particulares y de las

publicaciones con cargo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en la suma

de pesos doscientos ($ 280,00) por cada línea y por cada día de publicación.

Artículo 2°.- Establecer el valor de publicación de Anexos en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires en la suma de pesos un mil setecientos ($ 1700) por cada

página tamaño A-4 y por cada día de publicación.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica y a las Direcciones Generales de

Tesorería y de Contaduría, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la

Dirección General de Coordinación Legal y Consolidación Normativa de la Secretaría

Legal y Técnica y a la Dirección General de Análisis Fiscal del Ministerio de Hacienda

y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 7459/MHFGC/23, establece el valor de publicación de edictos particulares y de las publicaciones con cargo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en la suma de pesos doscientos ($ 280,00) por cada línea y por cada día de publicación, en el marco del Decreto 900/1991.</p><p>Artículo 2° establece el valor de publicación de Anexos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en la suma de pesos un mil setecientos ($ 1700) por cada página tamaño A-4 y por cada día de publicación, en el marco del Decreto 900/1991.</p>