DECRETO 284 2005
Síntesis:
APRUEBA EL TEXTO DEL CONVENIO DE USO PRECARIO Y GRATUITO A CELEBRARSE ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN - RESTAURACIÓN Y AMPLIACIÓN - MUSEOS - PATRIMONIO DEL MUSEO DE ARTE MODERNO - TRASLADO DE OBRAS - EDIFICIO DEL CORREO CENTRAL -
Publicación:
14/03/2005
Sanción:
08/03/2005
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 72.066/04; y,
CONSIDERANDO:
Que ante la inminencia del comienzo de las obras de restauración y ampliación del proyecto Polo Sur Cultural, la Directora General de Museos, dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural de la Secretaría de Cultura, solicita autorización para trasladar parte del patrimonio del Museo de Arte Moderno que le depende, a los locales identificados con los números 634 A y 633 B del Edificio del Palacio de Correos, dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, durante un período aproximado de dieciocho (18) meses, plazo estimado de duración de la obra;
Que el edificio citado cuenta con la capacidad de infraestructura adecuada para albergar los bienes pertenecientes al referido Museo, siendo éste un requisito imprescindible para salvaguardar el incalculable patrimonio cultural que representan sus obras artísticas;
Que asimismo, el espacio solicitado funcionará transitoriamente como sede del Museo de Arte Moderno hasta la finalización de las obras;
Que en consecuencia, la Secretaría de Cultura somete a consideración el texto del Convenio de Uso Precario y Gratuito a suscribirse entre el señor Secretario de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr Gustavo López y el señor Ministro de Economía de la Nación, Dr. Roberto Lavagna;
Que la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Apruébase el texto del Convenio de Uso Precario y Gratuito a celebrarse entre el señor Secretario de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr Gustavo López y el señor Ministro de Economía de la Nación, Dr. Roberto Lavagna, que como Anexo pasa a formar parte del presente.
Artículo 2° - Autorízase al señor Secretario de Cultura a suscribir el Convenio citado, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por el señor Secretario de Cultura y el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Cultura. Cumplido, archívese. IBARRA - López - Fernández