DECRETO 1230 1973

Síntesis:

DELEGA EN EL SECRETARIO DE ECONOMÍA FUNCIONES CORRESPONDIENTES A LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL - AUTORIZACIÓN DE ÓRDENES DE PAGO Y CONTRATACIONES

Publicación:

19/10/1973

Sanción:

10/10/1973

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto que es propósito del Gobierno Municipal la simplificación de tareas con el objeto de dinamizar las actuaciones administrativas, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 31 de la Ley N° 19.987 (B. M 14.454) fija las facultades y deberes del suscripto y por el inc. z) bis del citado artículo se autoriza al mismo a imputar, bajo su responsabilidad, facultades que le son propias a los Secretarios del Departamento Ejecutivo en materias que se vinculen con su competencia;

Que para lograr dicho fin resulta oportuno la delegación de determinadas funciones en los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo y el Secretario General;

Que es necesario que los señores Secretarios y el Secretario General de la Intendencia conduzcan los asuntos de su competencia con la más amplia responsabilidad y libertad de acción;

Que al mismo tiempo deben fijarse niveles de resolución en los funcionarios municipales acorde con los principios enunciados;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Delégase en el señor Secretario de Economía las funciones que se detallan a continuación, correspondientes a la Administración Central:

1. Expedir órdenes de pago.

2. Disponer depósitos judiciales y entregas de fondos con cargo de rendir cuenta documentada.

3. Aprobar rendiciones de cuentas de los fondos entregados en tal condición.

4. Aprobar las subastas de bienes muebles de propiedad municipal.

5. Ceder el uso del Centro Municipal de Exposiciones.

6. Aprobar concesiones y permisos precarios de uso de bienes del dominio público y privado municipal.

Art. 2° - Los Secretarios del Departamento Ejecutivo y el Secretario General de la Intendencia reconocerán los mayores costos por obras, contrataciones y suministros que hayan sido fiscalizados por organismos de su dependencia.

Art. 3° - Delégase en el Secretario de Economía la autorización para iniciar las gestiones tendientes a concretar compras directas de monto superior a $ 500.000.

Art. 4° - La Dirección General de Rentas resolverá sobre las devoluciones de impuestos, con la intervención de la Contaduría General a efectos de su posterior inclusión en órdenes generales de pago.

Art. 5° - Dése al Registro Municipal; publíquese en el Boletín Municipal; y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas y Contaduría General; cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Modificación del Procedimiento de delegación de facultades. Secretaría de Hacienda y Finanzas.