RESOLUCIÓN 104 2023 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Síntesis:
APRUEBA - ACTA OPERATIVA N° 2 - CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN - UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - AUTORIZA - TRANSFERENCIA DE SUMA - ELECCIONES - AÑO ELECTORAL - AÑO 2023
Publicación:
25/10/2023
Sanción:
20/10/2023
Organismo:
INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
VISTO: Ley N° 6031 (texto consolidado por la Ley N° 6588), el Decreto N° 213/23, el
Convenio N° 23219219-DGEGRAL-2023, el expediente N° EX-2023-38056839- -
GCABA-IGE, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 6031 (texto consolidado por la Ley N° 6588) aprobó en su artículo 36
el Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su
artículo 126, que el Instituto de Gestión Electoral tiene a su cargo la aprobación de los
sistemas electrónicos a ser incorporados en los procedimientos de emisión de voto,
escrutinio de mesa y transmisión de resultados provisorios, debiendo ser aprobados
con al menos cincuenta (50) días de anticipación a la realización de los comicios, junto
con la documentación que denote los resultados de las auditorías efectuadas sobre
dichos sistemas;
Que, en este sentido, en su artículo 128 establece que el Instituto de Gestión Electoral
debe implementar un proceso general de pruebas y auditorías de las tecnologías
electrónicas a ser incorporadas, a efectos de evaluar que estas cumplen con los
requisitos exigidos por el Código Electoral.
Que, conforme lo establecido en el artículo 130, con anterioridad a la aprobación de la
tecnología específica, el IGE realiza las auditorías que considere necesarias a efectos
de comprobar el correcto funcionamiento de las tecnologías y su adecuación a todos
los principios y requerimientos establecidos en el Código Electoral, pudiendo a tal
efecto solicitar el apoyo de organismos nacionales e internacionales.
Que en ese marco, el IGE solicitó la colaboración de la Universidad de Buenos Aires,
CUIT 30-54666656-1, en el proceso de auditoría de las tecnologías a implementar en
el proceso electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del año 2023,
considerando su prestigio, así como las capacidades técnicas y profesionales de la
institución, firmándose un Convenio Marco de Colaboración el cual fue registrado ante
la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 23219219-
DGEGRAL-2023;
Que la cláusula segunda del convenio determina que LAS PARTES suscribirán Actas
Operativas, por cada tecnología, con el fin de establecer las acciones técnicas a
desarrollar, plan de trabajo, horas y plazos.
Que la cláusula sexta del mencionado convenio establece que los costos que implica
la realización de las tareas del acuerdo y actas operativas a suscribirse serán
solventados por cuenta exclusiva del IGE. En ese contexto se dispuso un valor por
hora por asistencia técnica de $ 10.000,00 (pesos Diez Mil), y que según incrementos
estipulados por el Convenio Colectivo de Trabajo (rubro informático) se estipuló un
incremento del 12,17% para el segundo trimestre del año 2023. Asimismo, se dispuso
que la Universidad de Buenos Aires deberá percibir un 25% (veinticinco por ciento) del
total abonado por los honorarios de profesionales y asistentes, en concepto de gestión
y gastos administrativos.
Que mediante Acta Operativa N° 2 (IF-2023-38058145-GCABA-IGE), las partes
acordaron que las tareas realizadas fueran ejecutadas por equipos de hasta 50
(cincuenta) personas por día, entre profesionales y asistentes, entre los días 30 de
Julio de 2023 al 14 de Agosto de 2023.
Que, conforme al total de horas de trabajo acordadas, las partes dejaron constancia en
la mencionada Acta Operativa N°2 que el IGE debe abonar a la Universidad de
Buenos Aires la suma total de $ 38.754.735,00 (Pesos Treinta y Ocho Millones
Setecientos Cincuenta y Cuatro Mil Setecientos Treinta y Cinco), el cual se compone
en $ 31.003.788 (pesos Treinta y Un Millones Tres Mil Setecientos Ochenta y Ocho)
por asistencia técnica y $ 7.750.947 (pesos Siete Millones Setecientos Cincuenta Mil
Novecientos Cuarenta y Siete) en concepto de gastos administrativos.
Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa Legal, Técnica y Administrativa de
este Instituto de Gestión Electoral, y el presente gasto cuenta con el respaldo
presupuestario suficiente (IF-2023-39055741-GCABA-IGE y DOCFI-2023-38098406-
GCABA-IGE);
Que atento lo desarrollado precedentemente corresponde dictar el acto administrativo
pertinente que apruebe el Acta Operativa N° 2.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.031 y el Decreto N°
213/23,
Artículo 1°: Apruébese el Acta Operativa N° 2 (IF-2023-38058145-GCABA-IGE)
referente al Convenio Marco de Colaboración con la Universidad de Buenos Aires, el
cual fue registrado ante la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires N° 23219219-DGEGRAL-2023; en concepto de gastos administrativos.
Artículo 2°: Autorizase la transferencia a favor de la Universidad de Buenos Aires,
CUIT 30-54666656-1, por la suma de Pesos Treinta y Ocho Millones Setecientos
Cincuenta y Cuatro Mil Setecientos Treinta y Cinco con 00/100 ($ 38.754.735,00),
correspondiente a lo mencionado en el Acta Operativa N° 2, aprobada en el Artículo 1°
de la presente.
Artículo 3°: Autorizase a la Dirección General de Contaduría a efectuar la transferencia
autorizada por el anterior artículo.
Artículo 4°: Impútese el gasto que demande Lo dispuesto en el artículo 2° de la
presente a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 5°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Universidad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás
efectos a la Dirección General Contaduría. Cumplido, archívese. Fahey Duarte