DECRETO 307 2023

Síntesis:

PRORROGA - FECHA DE IMPLEMENTACIÓN - PASE DIARIO - USO DE LAS AUTOPISTAS - CONCESIÓN OTORGADA A FAVOR DE AUTOPISTAS URBANAS S.A - PARA LAS 00.00 HS DEL 1° DE DICIEMBRE DE 2023 - MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE EXPLOTACIÓN

Publicación:

31/10/2023

Sanción:

30/10/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.

2.356/03 y modificatorios, 463/19 y modificatorios, 80/23 y 236/23, y el Expediente

Electrónico N° 00931608-GCABA-AUSA/23, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 80/23 se aprobó el cuadro tarifario vigente para las

Autopistas 25 de Mayo, Perito Moreno, Autopista Illia/Retiro II/Sarmiento, Salguero,

Peaje Alberti y Paseo del Bajo y se estableció implementar el mencionado mecanismo

"Pase Diario" para el uso de las autopistas que integran la concesión otorgada a favor

de Autopistas Urbanas S.A y realizar la modificación de los artículos 42 y 43 del

Reglamento de Explotación aprobado por Anexo I del Decreto N° 2.356/03 y

modificatorios, e incorporar las definiciones generales al citado Reglamento a partir de

las 00.00 hs del 1 de septiembre de 2023;

Que, asimismo, mediante el Decreto N° 236/23 se prorrogó la fecha de

implementación del mecanismo denominado "Pase Diario" para el uso de las

autopistas que integran la concesión otorgada a favor de Autopistas Urbanas S.A. y de

la modificación de los artículos 42 y 43 del Reglamento de Explotación aprobado por

Anexo I del Decreto N° 2.356/03 y modificatorios, establecida mediante el artículo 6°

del Decreto 80/23, para las 00.00 hs del 1° de noviembre de 2023;

Que, la Secretaria de Transporte y Obras Públicas y Autopistas Urbanas S.A han

tomado intervención en el marco de sus respectivas competencias, expidiéndose

mediante el IF-2023-40364276-GCABA-SECTOP e PV-2023-40335873-GCABA-

AUSA, manifestando la necesidad de posponer nuevamente la entrada en vigencia del

"Pase Diario" y de la modificación de los artículos 42 y 43 del Reglamento de

Explotación con el objeto de reforzar la comunicación, para advertir sobre la

suspensión del pago por patente a quienes hoy utilicen dicho canal de pago y tengan

tiempo de adaptarse a alguna de las otras alternativas;

Que por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2° entre los Ministerios del

Poder Ejecutivo a la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

contemplándose a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas dependiente de la

Jefatura de Gabinete de Ministros, asumiendo las funciones que anteriormente poseía

el entonces Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte como Autoridad de

Aplicación de la Concesión otorgada a Autopistas Urbanas S.A.;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 8° de la Ley N°

3.060,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Prorrogar la fecha de implementación del mecanismo denominado "Pase

Diario" para el uso de las autopistas que integran la concesión otorgada a favor de

Autopistas Urbanas S.A. y de la modificación de los artículos 42 y 43 del Reglamento

de Explotación aprobado por Anexo I del Decreto N° 2.356/03 y modificatorios,

establecida mediante el artículo 6° del Decreto 80/23, prorrogado por Decreto N°

236/23, para las 00.00 hs del 1° de diciembre de 2023.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Comunal

dependiente de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Unidad

de Proyección Federal y Desarrollo Territorial, quien comunicará al Ente Único

Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la

Jefatura de Gabinete de Ministros, quien procederá a notificar a Autopistas Urbanas

S.A. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 307/23 prorroga la fecha de implementación del mecanismo denominado “Pase Diario” para el uso de las autopistas que integran la concesión otorgada a favor de Autopistas Urbanas S.A., establecida mediante el artículo 6° del Decreto 80/23,  para las 00.00 hs del 1° de diciembre de 2023.</p>