RESOLUCIÓN 2856 2023 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
PRÓRROGA - HASTA EL 9 DE NOVIEMBRE DE 2023 - VENCIMIENTO - PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA - PAGO DEL PERÍODO - OCTUBRE DE 2023 - AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - APLICATIVO E-ARCIBA - VENCIMIENTO ORIGINAL OPERA EL DÍA 7 DE NOVIEMBRE DE 2023 - DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Publicación:
01/11/2023
Sanción:
31/10/2023
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
VISTO: El artículo 60 del Código Fiscal (t.o. 2023) con las modificaciones introducidas
por las Leyes Nros. 6.618 (BOCBA N° 6579), 6.642 (BOCBA N° 6627), 6.643 (BOCBA
N° 6625), 6.648 (BOCBA N° 6651) y 6.649 (BOCBA N° 6651), la Resolución N° 379-
AGIP/22 (BOCBA N° 6521) y el Expediente Electrónico N° 40.444.819/GCABA-
DGANFA/2023, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 60 del Código Fiscal vigente establece que los contribuyentes y demás
responsables deben abonar los tributos, intereses y multas, en los casos que
corresponda, en la forma, lugar y tiempo que determine la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos, siempre que el Código Fiscal u otra disposición
no establezcan una forma especial de pago;
Que mediante Resolución N° 379-AGIP/22 fueron establecidas las fechas de
vencimiento de los tributos que percibe la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos correspondientes al ejercicio fiscal 2023;
Que el vencimiento para la presentación y pago de la Declaración Jurada por parte de
los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, opera los días 7 (siete) del mes siguiente en el que se
practicaron las retenciones y/o percepciones o día hábil inmediato siguiente si el
mismo fuera inhábil;
Que el día 6 de noviembre de cada año ha sido instituido como "Día del Bancario" por
el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a dicha actividad, en conmemoración de la
constitución de la Asociación Bancaria, rigiendo para esa fecha las normas
establecidas para los feriados nacionales;
Que como consecuencia de ello, podría verse dificultado el cumplimiento de la
presentación de las Declaraciones Juradas y pagos del período octubre de 2023 de los
Agentes de Recaudación de la Ciudad de Buenos Aires (Aplicativo e-ARCIBA), cuyo
vencimiento opera el día 7 de noviembre del corriente año;
Que es propósito de esta Dirección General de Rentas afianzar la comunicación y la
relación Fisco Contribuyente, permitiendo el cumplimiento de las obligaciones
tributarias en tiempo y forma. Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el
inciso ñ) del artículo 1° de la Resolución N° 114- AGIP/22 (BOCBA N° 6368),
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 9 de noviembre de 2023, el vencimiento para la
presentación de la Declaración Jurada y el pago del período octubre de 2023 de los
Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad de
Buenos Aires (Aplicativo eARCIBA), cuyo vencimiento original opera el día 7 de
noviembre de 2023.
Artículo 2°.- Si la fecha establecida resultara día no laborable para la Administración
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades bancarias, el vencimiento se
producirá el día hábil siguiente. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subdirección General de Sistemas
dependiente de la Dirección General de Planificación y Control, al Banco de la Ciudad
de Buenos Aires y a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de
esta Dirección General para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.
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