LEY 6675 2023

Síntesis:

MODIFICA - CODIGO DE TRANSITO Y TRANSPORTE - LEY 2148 - DEFINICIONES GENERALES - CAMIÓN DE CONFIGURACIÓN BITRÉN - CAMIÓN DE CONFIGURACIÓN BITRÉN TIPO 1 - CAMIÓN DE CONFIGURACIÓN BITRÉN TIPO 2 - CAMIÓN DE CONFIGURACIÓN BITRÉN TIPO 3 - ARTERIAS O TRAMOS DE ARTERIAS INTEGRANTES DE LA RED DE TRÁNSITO PESADO - CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS - CONFIGURACIÓN BITREN -  BITRÉN TIPO 1 - BITRÉN TIPO 2 - BITRÉN TIPO 3

Publicación:

03/11/2023

Sanción:

26/10/2023

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

02/11/2023


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Se eliminan las definiciones de "Camión de configuración Bitrén tipo A" y

de "Camión de configuración Bitrén tipo B" de las Definiciones Generales del Código

de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley

2148 (texto consolidado por Ley 6588).

Art. 2°.- Se incorporan las siguientes definiciones a las Definiciones Generales del

Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado

por Ley 2148 (texto consolidado por Ley 6588):

- Camión de configuración bitrén: vehículo destinado al transporte de carga

conformado por una (1) unidad tractora con dos (2) semirremolques biarticulados.

- Camión de configuración bitrén tipo 1: vehículo bitrén destinado al transporte de

carga con un largo máximo de veintidós metros con cuarenta centímetros (22,40 m) y

un Peso Bruto Total Combinado (PBTC) de hasta sesenta (60) toneladas.

- Camión de configuración bitrén tipo 2: vehículo bitrén destinado al transporte de

carga con un largo máximo de veinticinco metros con cincuenta centímetros (25,50 m)

y un Peso Bruto Total Combinado (PBTC) de hasta setenta y cinco (75) toneladas.

- Camión de configuración bitrén tipo 3: vehículo bitrén destinado al transporte de

carga con un largo máximo de treinta metros con veinticinco centímetros (30,25 m) y

un Peso Bruto Total Combinado (PBTC) de hasta setenta y cinco (75) toneladas.

Art. 3°.- Se sustituye el texto del artículo 9.10.6 del Código de Tránsito y Transporte de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 2.148 (texto consolidado

por Ley 6588), por el siguiente:

"9.10.6 Arterias o tramos de arterias integrantes de la Red de Tránsito Pesado por las

cuales se encuentra permitida la circulación de vehículos de configuración bitrén.

a) Conectividad con el Puerto de Buenos Aires desde y hacia Acceso Norte:

- Recorrido hacia el Puerto de la Ciudad de Buenos Aires: desde su ruta por Autopista

Panamericana Ing. Pascual Palazzo, Calzada Especial para Tránsito Pesado de Av.

Gral. Paz, Av. Leopoldo Lugones, Autopista Presidente Arturo Umberto Illia, Salida 5 a

Retiro - Zona Portuaria, Av. Ramón Castillo, ingreso a zona Portuaria de la Ciudad de

Buenos Aires altura Acceso Wilson.

- Recorrido desde el Puerto de la Ciudad de Buenos Aires: salida de zona Portuaria de

la Ciudad de Buenos Aires por Acceso Wilson, Av. Ramón Castillo, Calle 12, Av.

Costanera Rafael Obligado, Autopista Presidente Arturo Umberto Illia, Av. Intendente

Cantilo, Calzada Especial para Tránsito Pesado de Av. Gral. Paz, Autopista

Panamericana Ing. Pascual Palazzo, su ruta.

b) Conectividad con el Puerto de Buenos Aires desde y hacia Autopista Buenos Aires -

La Plata:

- Recorrido hacia el Puerto de la Ciudad de Buenos Aires: desde su ruta por Autopista

Buenos Aires La Plata, corredor exclusivo para tránsito pesado Paseo del Bajo -

ingreso a zona Portuaria de la Ciudad de Buenos Aires altura Acceso Wilson.

- Recorrido desde el Puerto de la Ciudad de Buenos Aires: salida de zona Portuaria de

la Ciudad de Buenos Aires por Acceso Wilson, corredor exclusivo para tránsito pesado

Paseo del Bajo, Autopista Buenos Aires La Plata, su ruta.

c) Conectividad con el Puerto de Buenos Aires desde y hacia Acceso Oeste:

- Recorrido hacia el Puerto de la Ciudad de Buenos Aires: desde su ruta por Acceso

Oeste, Autopista Perito Moreno, Autopista 25 de Mayo, corredor exclusivo para

tránsito pesado Paseo del Bajo - ingreso a zona Portuaria de la Ciudad de Buenos

Aires altura Acceso Wilson.

- Recorrido desde el Puerto de la Ciudad de Buenos Aires: salida de zona Portuaria de

la Ciudad de Buenos Aires por Acceso Wilson, corredor exclusivo para tránsito pesado

Paseo del Bajo, Autopista 25 de Mayo, Autopista Perito Moreno, Acceso Oeste su ruta.

d) Conectividad con el Puerto de Buenos Aires desde y hacia Autopista Tte. Gral.

Pablo Ricchieri:

- Recorrido hacia el Puerto de la Ciudad de Buenos Aires: desde su ruta por Autopista

Tte. Gral. Pablo Ricchieri, Autopista Tte. Gral. Luis J. Dellepiane, Autopista 25 de

Mayo, corredor exclusivo para tránsito pesado Paseo del Bajo - ingreso a zona

Portuaria de la Ciudad de Buenos Aires altura Acceso Wilson.

- Recorrido desde el Puerto de la Ciudad de Buenos Aires: salida de zona Portuaria de

la Ciudad de Buenos Aires por Acceso Wilson, corredor exclusivo para tránsito pesado

Paseo del Bajo, Autopista 25 de Mayo, Autopista Tte. Gral. Luis J. Dellepiane,

Autopista Tte. Gral. Pablo Ricchieri su ruta.

e) Conectividad con el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad (CTC) desde y

hacia Acceso Norte:

- Recorrido hacia el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad de Buenos Aires

(CTC): desde su ruta por Autopista Panamericana Ing. Pascual Palazzo, Calzada

Especial para Tránsito Pesado de Av. Gral. Paz, Av. Leopoldo Lugones, Autopista

Presidente Arturo Umberto Illia, corredor exclusivo para tránsito pesado Paseo del

Bajo, Au. 25 de Mayo, Au. Cámpora, Avenida Coronel Roca, Pergamino.

- Recorrido desde el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad de Buenos Aires

(CTC): Pergamino, Av. 27 de Febrero, Au. Cámpora, Au. 25 de Mayo, corredor

exclusivo para tránsito pesado Paseo del Bajo, Autopista Presidente Arturo Umberto

Illia, Av. Leopoldo Lugones, Calzada Especial para Tránsito Pesado de Av. Gral. Paz,

Autopista Panamericana Ing. Pascual Palazzo, su ruta.

f) Conectividad con el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad (CTC) desde y

hacia Acceso Oeste:

- Recorrido hacia el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad de Buenos Aires

(CTC): desde su ruta por Acceso Oeste, Autopista Perito Moreno, Au. Cámpora,

Avenida Coronel Roca, Pergamino.

- Recorrido desde el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad de Buenos Aires

(CTC): Pergamino, Av. 27 de Febrero, Au. Cámpora, Autopista Perito Moreno, Acceso

Oeste, su ruta.

g) Conectividad con el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad (CTC) desde y

hacia Autopista Buenos Aires - La Plata:

- Recorrido hacia el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad de Buenos Aires

(CTC): desde su ruta por Autopista Buenos Aires - La Plata, Au. 25 de Mayo, Au.

Cámpora, Avenida Coronel Roca, Pergamino.

- Recorrido desde el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad de Buenos Aires

(CTC): Pergamino, Av. 27 de Febrero, Au. Cámpora, Au. 25 de Mayo, Autopista

Buenos Aires - La Plata, su ruta.

h) Conectividad con el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad (CTC) desde y

hacia Autopista Tte. Gral. Pablo Ricchieri:

- Recorrido hacia el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad de Buenos Aires

(CTC): desde su ruta por Autopista Tte. Gral. Pablo Ricchieri, Autopista Tte. Gral. Luis

J. Dellepiane, Au. Cámpora, Avenida Coronel Roca, Pergamino.

- Recorrido desde el Centro de Transferencia de Cargas de la Ciudad de Buenos Aires

(CTC): Pergamino, Av. 27 de Febrero, Au. Cámpora, Autopista Tte. Gral. Luis J.

Dellepiane, Autopista Tte. Gral. Pablo Ricchieri, su ruta.

i) Otras arterias o tramos de arterias integrantes de la Red de Tránsito Pesado por las

cuales se encuentra permitida la circulación de vehículos de configuración bitrén

dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sin un origen/destino específico:

- 27 de Febrero, Av. en toda su extensión en ambos sentidos.

- 9 de Julio Sur, Autopista AV1 en toda su extensión en ambos sentidos.

- Alcorta, Amancio, Av. entre Av. Sáenz y Perdriel de la primera hacia la segunda.

- Alcorta, Amancio, Av. entre Brandsen y Av. Sáenz de la primera hacia la segunda.

- Escalada, Av. entre Av. 27 de Febrero y Av. Coronel Roca en ambos sentidos.

- Perdriel entre Av. Amancio Alcorta y Av. Suárez de la primera hacia la segunda.

- Perdriel entre Av. Suárez y Brandsen de la primera hacia la segunda.

- Pergamino entre Av. Coronel Roca y Av. 27 de Febrero.

- Roca, Coronel, Av. entre Av. Escalada y Pergamino en ambos sentidos.

- Sáenz, Av. entre Av. 27 de Febrero y Av. Amancio Alcorta en ambos sentidos.

- Suárez, Av. entre Perdriel y General Hornos de la primera hacia la segunda.

- Súarez, Av. entre Herrera y Perdriel de la primera hacia la segunda.

j) Itinerario más próximo. Los vehículos de configuración bitrén, con excepción del

camión de configuración bitrén tipo 3, podrán circular por los tramos de arterias que se

mencionan a continuación con el único objeto de llegar a su destino u origen de viaje y

regresar, accediendo y retornando por el itinerario más próximo desde y hasta la Red

de Tránsito Pesado:

- Berón de Astrada entre San Pedrito y Pergamino.

- Cabred, Domingo Dr. entre Enrique Ochoa y Cachi.

- Cachi entre Av. Amancio Alcorta y Santo Domingo.

- Cooke, John W. entre San Pedrito y Pergamino.

- Cruz, Osvaldo entre Pepirí y Diógenes Taborda.

- Ferré entre San Pedrito y Pergamino.

- Iguazú entre Río Cuarto y Av. Amancio Alcorta.

- Ochoa, Enrique entre Av. Amancio Alcorta y Lancheros del Plata.

- Pepirí entre Av. Amancio Alcorta y Osvaldo Cruz.

- Río Cuarto entre Cachi y Enrique Ochoa.

- Río Cuarto entre Pepirí e Iguazú.

- San Pedrito entre Av. Coronel Roca y Av. 27 de Febrero.

- Santo Domingo entre Cachi y Pepirí.

- Taborda, Diógenes entre Santo Domingo y Don Pedro de Mendoza.

- Troxler, Julio entre San Pedrito y Pergamino."

Art. 4°.- Se incorpora el artículo 9.10.6.1 al Código de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley 2148 (texto consolidado por Ley

6588), con el siguiente texto:

"9.10.6.1 Arterias o tramos de arterias integrantes de la Red de Tránsito Pesado por

las cuales se encuentra permitida la circulación de vehículos de configuración bitrén

tipo 1:

La circulación de los vehículos camión de configuración bitrén tipo 1 se permite

únicamente por todas las arterias o tramos de arterias integrantes de la Red de

Tránsito Pesado descritas en los artículos 9.10.5 y 9.10.6, sin restricción horaria ni

solicitud de permiso especial. Asimismo, estos vehículos podrán circular por los tramos

de arterias no incluidos en el citado artículo únicamente con el objeto de llegar a su

destino y regresar, accediendo y retornando por el itinerario más próximo desde y

hasta la Red de Tránsito Pesado."

Art. 5°.- Se incorpora el artículo 9.10.6.2 al Código de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley 2148 (texto consolidado por Ley

6588), con el siguiente texto

"9.10.6.2 Arterias o tramos de arterias integrantes de la Red de Tránsito Pesado por

las cuales se encuentra permitida la circulación de vehículos de configuración bitrén

tipo 2:

La circulación de los vehículos camión de configuración bitrén tipo 2 se encuentra

permitida por todas las arterias o tramos de arterias de la Red de Tránsito Pesado

descritas en el artículo 9.10.6, sin restricción horaria ni solicitud de permiso especial.

Estos vehículos podrán circular por los tramos de arterias no incluidos en los incisos

de dicho artículo únicamente con el objeto de llegar a su destino y regresar,

accediendo y retornando

por el itinerario más próximo desde y hasta la Red de Tránsito Pesado descrita en el

mencionado artículo."

Art. 6°.- Se incorpora el artículo 9.10.6.3 al Código de Tránsito y Transporte de la

Ciudad

Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley 2148 (texto consolidado por Ley 6588),

con el siguiente texto:

"9.10.6.3 Arterias o tramos de arterias integrantes de la Red de Tránsito Pesado por

las cuales se encuentra permitida la circulación de vehículos de configuración bitrén

tipo 3:

La circulación de los vehículos camión de configuración bitrén tipo 3 se permite

únicamente por todas las arterias o tramos de arterias integrantes de la Red de

Tránsito Pesado descritas en el artículo 9.10.6, salvo en las arterias y tramos de

arterias establecidas en el inciso j) del mentado artículo, sin restricción horaria ni

solicitud de ningún permiso adicional."

Art. 7°.- Se derogan las siguientes normas:

- Ordenanza N° 27.738 (B.M. N° 14.557)

- Decreto N° 3323/973 (B.M. N° 14.560)

- Decreto N° 3551/988 (B.M. N° 18.297)

Art. 8°.- Comuníquese, etc.- Ferrario - Schillagi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 6675 deroga las Definiciones Generales Camión de configuración Bitrén tipo A y Camión de configuración Bitrén tipo B del Código de Tránsito y Transporte, aprobado por la Ley 2148.</p><p>Art. 2 incorpora las Definiciones Generales:</p><p>- Camión de configuración bitrén;</p><p>- Camión de configuración bitrén tipo 1;</p><p>- Camión de configuración bitrén tipo 2;</p><p>- Camión de configuración bitrén tipo 3.</p><p>Art. 3 sustituye el Art. 9.10.6</p><p>Art. 4 incorpora el Art. 9.10.6.1</p><p>Art. 5 incorpora el Art. 9.10.6.2</p><p>Art. 6 incorpora el Art. 9.10.6.3</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 6675 deroga el Decreto 3551/1988</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 6675 deroga el Decreto 3323/1973</p>
DEROGA
<p>Art. 7 de la Ley 6675 deroga la Ordenanza 27738.</p>
PROMULGADA POR