RESOLUCIÓN 670 2023 SECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y GESTION COMUNAL
Síntesis:
APRUEBA - PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES DE SUBASTA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE TERRENOS PARA CONSTRUCCIÓN Y/O USO DE BÓVEDAS - CEMENTERIO DE LA CHACARITA - CEMENTERIO SAN JOSÉ DE FLORES - CEMENTERIO DE LA RECOLETA - DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIO
Publicación:
06/11/2023
Sanción:
02/11/2023
Organismo:
SECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y GESTION COMUNAL
VISTO: La Ley N° 4.977, el Decreto N° 1.510/97 (ambos textos consolidados por Ley
N° 6.588), el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios N° 26/GCABA/21,
277/GCABA/22 y 465/GCABA/22, el Decreto N° 51/GCABA/23, la Disposición N°
147/DGCEME/23 y el Expediente Electrónico N° 37036382-GCABA-DGCEME/2023, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 4.977 (texto consolidado por Ley N° 6.588), se aprobó el
"Régimen Jurídico y Poder de Policía en Materia Mortuoria en los Cementerios";
Que la mencionada norma, en su artículo 3°, establece como Autoridad de Aplicación
a la Dirección General de Cementerios o el organismo que en el futuro lo reemplace,
entonces dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público del
Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que el Decreto N° 463/GCABA/19, aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplando a la Dirección General de Espacios Verdes y Cementerios,
dependiente de la Subsecretaría de Gestión Comunal de la Secretaría de Atención
Ciudadana y Gestión Comunal bajo la órbita, en ese momento, de la Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que, posteriormente por Decreto N° 26/GCABA/21, se modificaron las
responsabilidades primarias, la denominación y la dependencia funcional de la
Dirección General Espacios Verdes y Cementerios dependiente de la Subsecretaría de
Gestión Comunal, la cual pasó a denominarse Dirección General Cementerios y a
depender de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano de la Secretaría de Atención
Ciudadana y Gestión Comunal;
Que, el Decreto mencionado, estableció las misiones y funciones de la Dirección
General de Cementerios, entre las cuales se encuentra la dirección de los servicios de
las Necrópolis de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por Decreto N° 277/GCABA/22, se modificó la dependencia funcional de la
Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, transfiriendo la dependencia de
dicha Secretaría a la Secretaría de Asuntos Estratégicos, con todas sus áreas
dependientes, su personal, patrimonio, presupuesto y responsabilidades primarias a la
órbita de la Secretaría de Asuntos Estratégicos;
Que, posteriormente, por Decreto N° 465/GCABA/22, se modificó la estructura
organizativa de la Secretaría de Asuntos Estratégicos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, se creó la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo
Territorial y se incorporó a la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal
bajo su dependencia funcional;
Que el artículo 53 de la Ley N° 4.977 (texto consolidado por Ley N° 6.588), establece
que la concesión de terrenos para la construcción de bóvedas será otorgada mediante
subasta pública a realizarse por intermedio del Banco de la Ciudad de Buenos Aires,
de acuerdo a las bases que establezca al efecto el Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Aires, a cuya aprobación quedará sujeto el remate;
Que, mediante Disposición N° 147/GCABA/DGCEME/23, la Dirección General de
Cementerios, de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano, dependiente de esta
Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, aprobó el Procedimiento de
Subasta Pública para la Concesión de terrenos para construcción y/o uso de bóvedas
de los Cementerios de Chacarita, San José de Flores y de la Recoleta Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, la repartición mencionada, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley
N° 4.977, elaboró y propuso a consideración de este Nivel el Pliego de Bases y
Condiciones Generales que enmarcará los procedimientos de Subasta Pública para la
Concesión de terrenos para construcción y/o uso de bóvedas de los Cementerios de
Chacarita, San José de Flores y de la Recoleta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en mérito de lo expuesto precedentemente resulta necesario aprobar el Pliego de
Bases y Condiciones Generales que regirá para las Subastas Públicas para la
Concesión de terrenos para construcción y/o uso de bóvedas de los Cementerios de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la precitada Ley y la Disposición
N° 147/GCABA/DGCEME/23;
Que, por su parte, por Decreto N° 51/GCABA/23 se encomendó a esta Secretaría de
Atención Ciudadana y Gestión Comunal, el otorgamiento de las concesiones de
bóvedas en los cementerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por lo tanto, es dable afirmar que esta Secretaría resulta competente para
aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Subasta de la Concesión
de Terrenos para Construcción y/o Uso de Bóvedas de los Cementerios de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado debida intervención;
Que atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el
Pliegos de Bases y Condiciones Generales.
Por ello y en el uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de Subasta
Pública para la Concesión de terrenos para construcción y/o uso de bóvedas de los
Cementerios de Chacarita, San José de Flores y de la Recoleta Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, que como Anexo I (IF-2023-40371099-GCABA-DGCEME) forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comunicar a la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano y a la Dirección General de
Cementerios. Cumplido, archivar Domeniconi