DECRETO 40 2005

Síntesis:

APRUEBA LA ASIGNACIÓN PROVISORIA DE DOTACIÓN DE PLANTA PERMANENTE EN DISTINTAS DEPENDENCIAS - APROBACIÓN - PERSONAL

Publicación:

28/03/2005

Sanción:

15/03/2005

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Resolución L.C.A.B.A. N° 54/04 por la cual se ratificó el Decreto N° 87-VP/04, el Decreto N° 365-VP/04; y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 54/04 del Cuerpo Legislativo, se delegó a esta Vicepresidencia, por única vez, la distribución orgánica funcional del personal de planta permanente;

Que por Decreto N° 365-VP/04 se aprobó la Estructura Orgánica-Funcional de las unidades orgánicas dependientes de la Presidencia, Vicepresidencia I, Vicepresidencia II, Secretaría Administrativa, Secretaría de Coordinación y Secretaría Parlamentaria de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del primer nivel operativo y la correspondiente a las aperturas inferiores;

Que para llevar un adecuado funcionamiento de su organización y cumplir con los objetivos fijados, resulta indispensable que se disponga la dotación necesaria de personal adecuando las plantas de las unidades organizativas a fin de no provocar una distorsión entre la cantidad de empleados y la funcionalidad de tales, toda vez que en distintas áreas se fueron acumulando personal en forma indiscriminada sin atender a necesidades reales;

Que la dotación de personal de planta permanente de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no quedó sujeta a la nueva estructura, ni generó derecho alguno a los agentes comprendidos en la misma, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6° del Decreto N° 87-VP/04 ratificado por Resolución del Cuerpo N° 54/04;

Que en cumplimiento del artículo 4° del Decreto N° 365-VP/04 se realizó el relevamiento necesario para determinar la dotación de personal de planta permanente en base a las necesidades actuales y a la Estructura Orgánica-Funcional que se aprobó por el mencionado decreto;

Que, la adopción de la presente medida no implica incremento presupuestario alguno;

Que en consecuencia la Vicepresidencia Primera debe establecer la dotación de planta permanente en las distintas dependencias de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que para normar lo precedente corresponde establecer la grilla de dotación de personal de planta permanente;

Que a tales efectos, resulta necesario dictar la correspondiente norma legal que posibilite la ulterior distribución orgánica funcional del personal de planta permanente;

Que en consecuencia la Vicepresidencia Primera debe establecer la adecuación conforme lo mencionado precedentemente;

Que el presente acto se emite en orden a las facultades conferidas a la Vicepresidencia Primera por el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad, el artículo 1° de la Resolución N° 54/04 del Cuerpo Legislativo y el artículo 88 del Reglamento Interno;

Por ello,

EL VICEP RESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébese la asignación provisoria de dotación de planta permanente en las distintas dependencias conforme la Estructura Orgánica-Funcional de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el Anexo I que forma parte integrante del presente.

Artículo 2° - Establécese que la Dirección General de Recursos Humanos habilitará a partir del 15 de marzo de 2005 y por un plazo de veinte (20) días corridos un registro de pases a efectos de cubrir las necesidades organizativas de la estructura referida en el artículo 1° del Decreto N° 365-VP/04, para que el personal efectúe su pedido de inscripción y traspaso de dependencia.

El pase se solicitará mediante el llenado de un formulario que confeccionará y proveerá la Dirección General de Recursos Humanos.

La solicitud se asentará en el registro de pases donde constará como mínimo: nombre y apellido del agente, número de legajo, documento de identidad, dependencia donde presta actualmente servicios, dependencia a la que solicita el pase, firma del agente.

Vencido el plazo, la Dirección General de Recursos Humanos procederá a elevar a la Secretaría Administrativa el listado completo de los pases solicitados quien lo pondrá en consideración de la Vicepresidencia Primera a efectos de aceptar o negar el pase. Si el total de pases solicitados no alcanzara para cubrir las necesidades operativas de la nueva estructura, la Vicepresidencia Primera en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° del Decreto N° 87-VP/04 ratificado por Resolución del Cuerpo N° 54/04, procederá a la asignación del personal conforme criterios de necesidad organizativa y de servicios elaborando la distribución de la planta permanente -Anexo de Dotación-, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por Decreto N° 365-VP/04, constituyendo dicha asignación el destino definitivo del agente.

Articulo 3° - Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y, oportunamente, archívese.

NOTA: Los Anexos pueden consultarse en la Dirección General de Despacho Administrativo, de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la presentación de nota previa.

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