DISPOSICIÓN 49 2023 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

Síntesis:

EXIME DE REGISTRAR  ASISTENCIA - MECANISMOS ESTABLECIDOS POR RESOLUCIÓN N° 6-MMGC-15 - DEKKER - DELGADO -HERCOLE - MORGANTE - ROMERO -YANNELLI - ZALAZAR - PERIODO DE VIGENCIA DE LA EXIMICIÓN - 1 DE FEBRERO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE  2023 - DIRECCION GENERAL MESA DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Publicación:

13/11/2023

Sanción:

20/07/2023

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO


VISTO: La Ley N° 471 (Texto Consolidado por la Ley N° 6.017), el Decreto N° 62-

GCBA/22, la Resolución N° 6-MMGC/15, el Expediente Electrónico N° 08056674-

GCABA-DGTEA/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N°471 (Texto Consolidado por la Ley N° 6.017), aprobó la "Ley de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que por Resolución N° 6-GCABA-MMGC/15 se estableció el "Procedimiento General

de Registro de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires", comprendido en la Ley N° 471 (Texto Consolidado por la Ley N°

6.017)";

Que en el artículo 6° del Anexo I de dicha Resolución se estableció que en los casos

de agentes que por razones de servicios desempeñen tareas fuera de su

dependencia, oficina o servicio, la Autoridad Superior de la repartición respectiva

deberá, mediante dictado de Acto Administrativo, eximir de la obligación de firmar la

"Planilla de Registro de Asistencia" o de registrarse en el "Sistema Informático de

Control de Asistencia";

Que en virtud de lo expuesto en el artículo mencionado ut supra, la vigencia de la

eximición, en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en

el cual fue otorgada.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Resolución N° 6-MMGC/15 y el

Decreto N° 62-GCBA/22,

EL DIRECTOR GENERAL

MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

DISPONE:

Artículo 1°.- Exímase de registrar la asistencia por los mecanismos establecidos por la

Resolución N° 6-MMGC/15 a los agentes consignados en el Anexo I (IF-2023-

27304536-GCABA-MGEYA), de la repartición a mi cargo, dependiente de la Secretaría

Legal y Técnica, de conformidad con los Anexos Nros. IF-2023-08128507-GCABA-

MGEYA, IF-2023-08128429-GCABA-MGEYA, IF-2023-08128355-GCABA-MGEYA, IF-

2023-08128159-GCABA-MGEYA, IF-2023-08128064-GCABA-MGEYA, IF-2023-

08127635-GCABA-MGEYA, IF-2023-08127511-GCABA-MGEYA, e IF-2023-

08127357-GCABA-MGEYA, que a todos sus efectos forman parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Otórguese como periodo de vigencia de la eximición, desde el 01 de

febrero hasta el 31 de diciembre del 2023.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Planificación y Control Operativo y a la Dirección

General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio

de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General Técnica y Administrativa,

dependiente de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Panera


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposicion N° 49-MGEYA-23 exime aa agentes de registrar la asistencia por los mecanismos establecidos por la Resolución N° 6-MMGC-15.</p>