LEY 6683 2023

Síntesis:

MODIFICA - LEY 6394 - CUPO FISCAL ANUAL - RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

24/11/2023

Sanción:

02/11/2023

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

22/11/2023


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Se incorpora el Artículo 15 bis a la Ley 6394 (texto consolidado por Ley

6588) con el siguiente texto:

"Artículo 15 bis. El cupo fiscal anual destinado al otorgamiento de este beneficio será

determinado en la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de cada ejercicio.

En ningún caso se podrá obtener en forma individual un beneficio que supere el diez

por ciento (10%) del monto a que se refiere el párrafo anterior. Asimismo, para cada

uno de los beneficiarios, el beneficio otorgado se distribuirá proporcionalmente mes a

mes durante el ejercicio fiscal, conforme se establezca en la reglamentación".

Cláusula Transitoria Segunda: para el ejercicio fiscal del año 2023, el monto destinado

al otorgamiento de los beneficios previstos por el presente régimen se fija en la suma

de seis mil millones de pesos ($ 6.000.000.000).

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley N° 6683 incorpora Art. 15 bis a la Ley N° 6394.</p><p>Cláusula Transitoria Segunda: para el ejercicio fiscal del año 2023, el monto destinado al otorgamiento de los beneficios previstos por el presente régimen se fija en la suma de seis mil millones de pesos ($ 6.000.000.000).</p>
PROMULGADA POR