RESOLUCIÓN 6088 2023 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 910-MEDGC/21 - JUSTIFICACION DÍA DE INASISTENCIA - DOCENTES QUE SE APLIQUEN LA VACUNA DESTINADA A GENERAR INMUNIDAD CONTRA EL COVID-19 - TURNO ASIGNADO COINCIDA CON UN DÍA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - MINISTERIO DE EDUCACION - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA

Publicación:

28/11/2023

Sanción:

08/11/2023

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su

modificatoria Ley N° 6.544, la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por los

Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21,

9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21, 14/21, 1/22, 2/22, 3/22, 4/22, 5/22, 1/23 y 2/23, el

Decreto N° 182/23, las Resoluciones Nros. 910-GCABA-MEDGC/21 y 3.691-GCABA-

MEDGC/22, el Expediente Electrónico N° 37.573.581-GCABA-DGPDYND/23, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por

los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21,

8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21, 14/21, 1/22, 2/22, 3/22, 4/22, 5/22, 1/23 y 2/23

se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires hasta el 31 de agosto de 2023, inclusive, a los fines de atender y adoptar las

medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del virus COVID-19 (Corona virus);

Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les

confiere dicha Ley;

Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación

planificar y administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por su parte, por la Ordenanza N° 40.593 se aprobó el Estatuto del Docente del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante el cual, entre varios

aspectos, se establecen en su artículo 69 las licencias, justificaciones y franquicias de

las que goza el personal docente titular, interino y suplente;

Que, dentro del contexto de la emergencia sanitaria y sus prórrogas correspondientes,

se ha dictado la Resolución N° 910-GCABA-MEDGC/21, a fin de justificar el día de

inasistencia de los/as docentes que se apliquen la vacuna destinada a generar

inmunidad contra el COVID-19, en tanto que el turno asignado coincida con un día de

prestación de servicios;

Que atento el tiempo transcurrido por Decreto N° 182/23 se dispuso, en el ámbito del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la

reincorporación de forma presencial de los/as trabajadores/as que se encontraren

haciendo uso de las dispensas;

Que conforme indica el informe N° IF-2023-39386199-GCABA-DGPDYND los

procesos de enseñanza y aprendizaje presenciales, permiten el desenvolvimiento de

todas las etapas del proceso educativo en el ámbito escolar;

Que a su vez la presencia de docentes permite el seguimiento de la trayectoria de

los/as estudiantes y acompañamiento personalizado, fortaleciendo la comunicación y

compromiso de los/as estudiantes y las familias;

Que, a los fines de continuar adoptando medidas tendientes a efectivizar el derecho a

la educación de los/as estudiantes, mediante la Resolución N° 3.691-GCABA-

MEDGC/22 se aprobó el calendario escolar 2023 determinando el inicio de clases el

día 27 de febrero de 2023, para los niveles inicial, primario y secundario, en todas sus

modalidades, estableciendo que se deberán asegurar 192 días efectivos de clases;

Que conforme se expresa en el informe antes mencionado, actualmente el sistema de

solicitud de turnos para la vacuna destinada a generar inmunidad contra el COVID-19

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, permite armonizar el interés de

los estudiantes y la presencia de las y los docentes en las aulas, posibilitando la

vacunación sin necesidad de interrumpir su presencia en clase;

Que, conforme lo indicado en el informe N° IF-2023-39386199-GCABA-DGPDYND, la

Dirección General de Personal Docente y No Docente propicia dejar sin efecto la

Resolución N° 910-GCABA-MEDGC/21;

Que la Subsecretaría de Carrera Docente se ha expresado en concordancia con la

Dirección General de Personal Docente y No Docente;

Que habiendo tomado intervención, la Subsecretaria de Coordinación Pedagógica y

Equidad Educativa, la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, y las

Direcciones de Educación Inicial, Primaria, Especial, Técnica, Media, Educación del

Adulto y del Adolescente, Escuelas Normales Superiores y Educación Artística, han

brindado su conformidad en los presentes;

Que en virtud de ello, corresponde dictar el acto administrativo en el sentido

precedentemente expuesto;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en virtud de facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 910-GCABA-MEDGC/21.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y

efectúense las comunicaciones oficiales a las Subsecretarías de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa, Agencia de Aprendizaje a lo largo de la Vida,

Carrera Docente, a la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente, y a

la Dirección General Educación de Gestión Privada. Cumplido, archívese. Acuña

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1° Resolución N° 6088-MEDGC/22 deja sin efecto la Resolución N° 910-MEDGC/21.</p>