RESOLUCIÓN 6088 2023 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 910-MEDGC/21 - JUSTIFICACION DÍA DE INASISTENCIA - DOCENTES QUE SE APLIQUEN LA VACUNA DESTINADA A GENERAR INMUNIDAD CONTRA EL COVID-19 - TURNO ASIGNADO COINCIDA CON UN DÍA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - MINISTERIO DE EDUCACION - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA
Publicación:
28/11/2023
Sanción:
08/11/2023
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su
modificatoria Ley N° 6.544, la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21,
9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21, 14/21, 1/22, 2/22, 3/22, 4/22, 5/22, 1/23 y 2/23, el
Decreto N° 182/23, las Resoluciones Nros. 910-GCABA-MEDGC/21 y 3.691-GCABA-
MEDGC/22, el Expediente Electrónico N° 37.573.581-GCABA-DGPDYND/23, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por
los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21,
8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21, 14/21, 1/22, 2/22, 3/22, 4/22, 5/22, 1/23 y 2/23
se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires hasta el 31 de agosto de 2023, inclusive, a los fines de atender y adoptar las
medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población del virus COVID-19 (Corona virus);
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
planificar y administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por su parte, por la Ordenanza N° 40.593 se aprobó el Estatuto del Docente del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante el cual, entre varios
aspectos, se establecen en su artículo 69 las licencias, justificaciones y franquicias de
las que goza el personal docente titular, interino y suplente;
Que, dentro del contexto de la emergencia sanitaria y sus prórrogas correspondientes,
se ha dictado la Resolución N° 910-GCABA-MEDGC/21, a fin de justificar el día de
inasistencia de los/as docentes que se apliquen la vacuna destinada a generar
inmunidad contra el COVID-19, en tanto que el turno asignado coincida con un día de
prestación de servicios;
Que atento el tiempo transcurrido por Decreto N° 182/23 se dispuso, en el ámbito del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la
reincorporación de forma presencial de los/as trabajadores/as que se encontraren
haciendo uso de las dispensas;
Que conforme indica el informe N° IF-2023-39386199-GCABA-DGPDYND los
procesos de enseñanza y aprendizaje presenciales, permiten el desenvolvimiento de
todas las etapas del proceso educativo en el ámbito escolar;
Que a su vez la presencia de docentes permite el seguimiento de la trayectoria de
los/as estudiantes y acompañamiento personalizado, fortaleciendo la comunicación y
compromiso de los/as estudiantes y las familias;
Que, a los fines de continuar adoptando medidas tendientes a efectivizar el derecho a
la educación de los/as estudiantes, mediante la Resolución N° 3.691-GCABA-
MEDGC/22 se aprobó el calendario escolar 2023 determinando el inicio de clases el
día 27 de febrero de 2023, para los niveles inicial, primario y secundario, en todas sus
modalidades, estableciendo que se deberán asegurar 192 días efectivos de clases;
Que conforme se expresa en el informe antes mencionado, actualmente el sistema de
solicitud de turnos para la vacuna destinada a generar inmunidad contra el COVID-19
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, permite armonizar el interés de
los estudiantes y la presencia de las y los docentes en las aulas, posibilitando la
vacunación sin necesidad de interrumpir su presencia en clase;
Que, conforme lo indicado en el informe N° IF-2023-39386199-GCABA-DGPDYND, la
Dirección General de Personal Docente y No Docente propicia dejar sin efecto la
Resolución N° 910-GCABA-MEDGC/21;
Que la Subsecretaría de Carrera Docente se ha expresado en concordancia con la
Dirección General de Personal Docente y No Docente;
Que habiendo tomado intervención, la Subsecretaria de Coordinación Pedagógica y
Equidad Educativa, la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, y las
Direcciones de Educación Inicial, Primaria, Especial, Técnica, Media, Educación del
Adulto y del Adolescente, Escuelas Normales Superiores y Educación Artística, han
brindado su conformidad en los presentes;
Que en virtud de ello, corresponde dictar el acto administrativo en el sentido
precedentemente expuesto;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en virtud de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 910-GCABA-MEDGC/21.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
efectúense las comunicaciones oficiales a las Subsecretarías de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, Agencia de Aprendizaje a lo largo de la Vida,
Carrera Docente, a la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente, y a
la Dirección General Educación de Gestión Privada. Cumplido, archívese. Acuña