DISPOSICIÓN 1580 2023 DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO

Síntesis:

AUTORIZA EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL N° 33 SABE LA TIERRA - DIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO

Publicación:

30/11/2023

Sanción:

27/11/2023

Organismo:

DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO


VISTO: las Leyes N° 5.122 y N° 6.292, los Decretos N° 491-GCABA/16, N° 463-

GCABA/19 y modificatorios, Decreto N° 366-GCABA/22 y las Disposiciones N° 1007-

DGFYME/16 y N°363-DGFER/19, y expediente electrónico N°43960452-GCABA-

DGCDPU/23;

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios estableciendo para el

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades de

"entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y

diseñando e implementando políticas en relación con el mismo", así como entender en

lo relativo al uso del espacio público;

Que, el Decreto N°463-GCABA/19 y modificatorios aprobó la estructura orgánica del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Conservación

del Paisaje Urbano;

Que, el mentado Decreto incluye dentro de las responsabilidades primarias de dicha

Dirección General la de "diseñar políticas de regulación, registro, fomento y

coordinación de la actividad de ferias y mercados y comercios callejeros";

Que, por la Ley N° 5.122 se autoriza la instalación de las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto reglamentario N° 491-GCABA/16

estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual continuadora institucional, la

Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano, es la autoridad de aplicación

de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas complementarias,

aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;

Que, por Decreto N° 366-GCABA/22 se me designó como Directora General a cargo

de la Dirección General Conservación del Paisaje Urbano;

Que, la Disposición N° 1007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las

Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que, a través de la Disposición N° 363-DGFER/19 se ha autorizado el funcionamiento

la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial FIAB N° 33 "Sabe la tierra" en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante Comunicación Oficial N° 43935156-DGCDPU/23 se informó a la Junta

Comunal N°11 del nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial N° 33 "Sabe la tierra";

Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados por informe N°

N°43926941-DGCDPU/23 solicita y presta conformidad a autorizar nuevos

emplazamientos de FIAB N°33 "Sabe la tierra" para el próximo viernes 22 y sábado 23

de diciembre de 2023 y viernes 26 y sábado 27 de enero del 2024 en Plaza Arenales;

Que, el horario de funcionamiento de la feria en diciembre será a partir de las 12 hs

hasta las 20hs y desde enero de 2024 será de 17 hs a 23 hs contemplando el armado

dos horas antes del horario de comienzo de la feria y el desarmado dos horas

posterior al cierre de la misma;

Que, deviene imperioso autorizar dichos emplazamientos de las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial, a fin de evitar grandes desplazamientos y ofrecer productos de

calidad y variados, en nuevos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO

DISPONE

Artículo N° 1.- Autorízase el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial de tipo orgánico o especial N°33 "SABE LA TIERRA-Ferias de la Ciudad",

conforme detalle obrante en el Anexo (IF-2023-43927439-GCABA-DGCDPU), que

forma parte integrante de la presente.

Artículo N° 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires. Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las

notificaciones correspondientes. Cumplido, archívese. Palacio


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6759

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 1580-DGCDPU/23 autoriza el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial de tipo orgánico o especial N°33 “SABE LA TIERRA-Ferias de la Ciudad”, en el marco de la Disposición N° 363-DGFER/19.</p>