RESOLUCIÓN 376 2005 SECRETARIA DE SALUD
Síntesis:
DESIGNA COLABORADORES VOLUNTARIOS DENTRO DE LOS PROGRAMAS POBREZA Y VIH-SIDA - HACIA LA ACCESIBILIDAD Y LA INCLUSIÓN SOCIAL Y ABRIENDO PUERTAS - CREACIÓN DE GRUPOS DE APOYO ENTRE PARES EN CENTROS ASISTENCIALES PÚBLICOS - BARRIOS - F/N COORDINACIÓN SIDA - DESIGNACIÓN
Publicación:
07/04/2005
Sanción:
18/03/2005
Organismo:
SECRETARIA DE SALUD
Visto el Expediente N° 51.674/04 y el Decreto N° 1.957-GCBA/04 (B. O. N° 2061), y
CONSIDERANDO:
Que el Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria, a través del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, aprobó dos Proyectos del Organismo F/N Coordinación Sida: Pobreza y VIH/Sida: hacia la accesibilidad y la inclusión social y Abriendo puertas: creación de grupos de apoyo entre pares en centros asistenciales públicos de la CABA, ambos de carácter eminentemente social;
Que la mayor parte de los fondos asignados a esos proyectos están destinados al pago de voluntarios en prevención de VIH/Sida, los cuales desarrollarán tareas en contacto directo con poblaciones vulnerables en los distintos barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que para este tipo de actividad se prioriza el trabajo entre pares, que sólo puede ser desarrollado por personas inmersas en las comunidades, para alcanzar una alta eficacia de las acciones;
Que por Decreto N° 1.957-GCBA/04 se facultó a esta Secretaría a designar a las personas que se desempeñarán como Colaboradores Voluntarios dentro del marco de los programas anteriormente indicados, además de establecer y fijar la asignación Desempeño Voluntario, la que en ningún caso podrá superar la suma de pesos trescientos ($300), en concepto de movilidad y refrigerio;
Que el Organismo F/N Coordinación SIDA elevó los listados de Colaboradores Voluntarios que se desempeñarán dentro del marco de los programas Pobreza y VIH/Sida: hacia la accesibilidad y la inclusión social y Abriendo puertas: creación de grupos de apoyo entre pares en centros asistenciales públicos de la CABA;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los arts. 1° y 2° del Decreto N° 1.957-GCBA/04,
Artículo 1° - Desígnanse como Colaboradores Voluntarios, dentro del marco de los programas Pobreza y VIH-SIDA: hacia la accesibilidad y la inclusión social y Abriendo puertas: creación de grupos de apoyo entre pares en centros asistenciales públicos de la C.A.B.A., a las personas detalladas y por los períodos indicados en el Anexo, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Establécese que la asignación desempeño voluntario para cada Colaborador Voluntario será de pesos doscientos noventa y ocho ($ 298) en concepto de movilidad y refrigerio, durante el período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de junio de 2005.
Artículo 3° - Autorízase al Organismo F/N Coordinación SIDA a abonar las asignaciones desempeño voluntario precedentemente establecidas, una vez certificado el cumplimiento del mismo, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artÍculo 3° del Decreto N° 1.957-GCBA/04.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Tesorería y de Contaduría, a la Dirección General Adjunta Económico-Financiera de esta Secretaría y, para su conocimiento y prosecución del trámite, remítase al Organismo F/N Coordinación SIDA. Oportunamente, archívese.