RESOLUCIÓN 838 2005 SECRETARIA DE CULTURA

Síntesis:

APRUEBA UNA LÍNEA DE SUBSIDIOS DESTINADA A LOS ALUMNOS DE LA ESCUELA TALLER, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CASCO HISTÓRICO - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA LAS ARTES Y LAS CIENCIAS DE LA CIUDAD - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - BENEFICIARIOS - SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL - ÁREA SUSTANTIVA

Publicación:

11/04/2005

Sanción:

18/03/2005

Organismo:

SECRETARIA DE CULTURA


Visto la Carpeta N° 2.631-SC/05 ; y

CONSIDERANDO:

Que, por los Decretos N° 1.020-GCBA/04 y N° 115-GCBA/05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que, los decretos mencionados delegan en la Secretaría de Cultura la facultad de conceder estos subsidios;

Que, la Secretaría de Cultura entiende que la Ciudad de Buenos Aires debe propender a la preservación del patrimonio cultural, tangible e intangible, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en vista de lo expuesto, resulta menester crear en el marco del programa mencionado anteriormente, una línea de subsidios para el perfeccionamiento de alumnos que cursen o hayan cursado en la Escuela Taller de la Dirección General de Casco Histórico, dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, toda vez que dichos alumnos desarrollan su actividad en beneficio de la preservación y protección del patrimonio cultual;

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase en el marco del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, una línea de subsidios destinada a los alumnos de la Escuela Taller dependiente de la Dirección General de Casco Histórico.

Artículo 2° - La Subsecretaría de Patrimonio Cultural actuará como área sustantiva de esta línea de subsidios, de acuerdo a los términos del artículo 20 de la Resolución N° 277-SC/04.

Artículo 3° - El área sustantiva previamente al dictamen que debe emitir, podrá solicitar a las reparticiones de su dependencia un informe técnico respecto de las solicitudes de subsidios.

Artículo 4° - Los montos a subsidiar serán fijados en cada caso por el área sustantiva, no pudiendo superar la cantidad de pesos ochocientos ($ 800).

Artículo 5° - Establécese como períodos de recepción de los pedidos de subsidios a los comprendidos entre el 1° y el 31 de marzo y entre el 1° y el 29 de julio de 2005.

Artículo 6° - El área sustantiva de la presente línea de subsidios efectuará el control y seguimiento sobre los grupos beneficiarios, en relación a la obligación de presentar la documentación respaldatoria de los gastos efectuados.

Artículo 7° - Los destinatarios de los subsidios deberán aplicar los fondos otorgados en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 8° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Patrimonio Cultural y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería . Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 838-05: aprueba línea de subsidios para alumnos de la Escuela Taller de la DG de Casco Histórico.
MODIFICADA POR
Res.1302-SC-05 Modifica el artículo 4° de la Res. 838-SC-05