RESOLUCIÓN 6199 2023 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA - LINEAMIENTOS CURRICULARES JURISDICCIONALES - CARRERAS DE PROFESORADO - PARA LA FORMACIÓN DOCENTE INICIAL - INTRODUCCIÓN - PRINCIPIOS - PERFIL GENERAL DE LAS Y LOS EGRESADOS - TÍTULOS - INCUMBENCIAS Y DURACIÓN DE LAS CARRERAS DE PROFESORADO - ORGANIZACIÓN CURRICULAR - DESARROLLO DE CAPACIDADES PROFESIONALES PARA LA DOCENCIA - CRITERIOS DE DEFINICIÓN DE ESPACIOS CURRICULARES Y CONTENIDOS - FORMACIÓN PERSONAL - CULTURAL Y CIUDADANA DE LAS Y LOS FUTUROS DOCENTES

Publicación:

11/12/2023

Sanción:

23/11/2023

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION

Estado:

No vigente


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nacionales

Nros. 26.206 y sus modificatorias, 24.521, las Resoluciones Nros. 24-CFE/07, 30-

CFE/07, 74-CFE/08, 83-CFE/09 y 183- CFE/12, las Leyes Nros. 6.053 y 6.292 (textos

consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, el

Expediente Electrónico N° 41.238.866-GCABA-UCSFD/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que la Ciudad

reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la

ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad

justa y democrática;

Que, en idéntico sentido, el citado cuerpo normativo establece que la Ciudad crea y

reconoce, bajo su dependencia, institutos educativos con capacidad de otorgar títulos

académicos y habilitantes en todos los niveles, fomenta la vinculación de la educación

con el sistema productivo, capacitando para la inserción y reinserción laboral y tiende

a formar personas con conciencia crítica y capacidad de respuesta ante los cambios

científicos, tecnológicos y productivos;

Que conforme lo dispone el artículo N° 35 de la Ley Nacional N° 26.206, la Educación

Superior está regulada por la Ley de Educación Superior N° 24.521;

Que asimismo establece en su artículo 74 que corresponde al Ministerio de Educación

y al Consejo Federal de Educación acordar los lineamientos para la organización y

administración del sistema de formación docente, así como los parámetros de calidad

que orienten los diseños curriculares; así como en su artículo 121 que los Gobiernos

provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben aprobar el currículo de

los diversos niveles y modalidades conforme a ello;

Que conforme la Ley Nacional N° 24.521, una de las finalidades de la Educación

Superior es preparar para el ejercicio de la docencia en todos los niveles y

modalidades del sistema educativo;

Que mediante la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social; así como promover la formación y jerarquización profesional del

personal docente;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo estableciéndose las responsabilidades

primarias, acciones correspondientes y competencias de este Ministerio;

Que, de conformidad a la citada normativa, la Unidad de Coordinación del Sistema de

Formación Docente tiene, entre otras funciones, la de elaborar, coordinar y evaluar las

políticas y programas educativos para el sistema de formación docente de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 6.053 y la

de establecer los lineamientos para el planeamiento, organización y desarrollo de

ofertas de formación docente;

Que así también le corresponde establecer criterios y orientar el desarrollo de diseños

curriculares y políticas para la formación docente, en coordinación con las áreas

competentes;

Que el mencionado decreto establece que la Dirección General de Planeamiento

Educativo tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar y proponer la

currícula educativa de la Ciudad;

Que las Resoluciones del Consejo Federal de Educación Nros. 24-CFE/07, 30-

CFE/07, 74-CFE/08, 83-CFE/09 y 183-CFE/12 constituyen los marcos federales para

la revisión y actualización de los Diseños Curriculares Jurisdiccionales y titulaciones de

las carreras de Profesorado;

Que la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente propicia aprobar

los "Lineamientos Curriculares Jurisdiccionales para la formación docente inicial" para

la elaboración e implementación de los Diseños Curriculares Jurisdiccionales de

carreras de profesorado que se aprueben en el futuro;

Que la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente señala que elaboró

el "Diagnóstico Curricular de la formación docente inicial en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires" que analiza y compara las estructuras curriculares de diseños

curriculares jurisdiccionales y planes curriculares institucionales de carreras de

profesorado;

Que asimismo, manifiesta que, durante el año 2022 se realizaron diversos encuentros

de trabajo con autoridades y docentes de la educación obligatoria y de las instituciones

de formación docente con el propósito de identificar y analizar los desafíos a futuro de

la formación docente y las características de los planes de estudio y trayectorias

estudiantiles en los profesorados;

Que la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente elaboró informes

por carrera de profesorado sobre la oferta, trayectorias estudiantiles y perfil de

ingresantes, los cuales fueron presentados y compartidos con las autoridades de las

instituciones de formación docente en los encuentros de trabajo mencionados;

Que, como resultado de las acciones mencionadas, la mencionada área informa que

en el año 2022 se compartió con las comunidades de las instituciones de formación

docente un documento borrador de "Lineamientos Curriculares Jurisdiccionales para la

formación docente inicial" elaborado por la Unidad de Coordinación del Sistema de

Formación Docente y acordado con la Gerencia Operativa de Currículum y con las

áreas de los Ministerios de Educación y de Cultura que tienen a su cargo o bajo su

supervisión las instituciones estatales y privadas de formación docente;

Que, la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente indica dichos

lineamientos fueron elaborados con el propósito de orientar la renovación de los

próximos diseños curriculares de las carreras de profesorado atendiendo a diversos

problemas actuales que presentan la formación y las trayectorias de las y los

estudiantes en las carreras de profesorado y las necesidades de actualización y

revisión de los contenidos de la formación que demandan las últimas políticas y

definiciones curriculares para la educación obligatoria;

Que, por su parte señala que, una vez recibidos los aportes de diversas instituciones

de formación docente, se procedió a realizar modificaciones al documento borrador de

"Lineamientos Curriculares Jurisdiccionales para la formación docente inicial",

atendiendo a las sugerencias de las instituciones que fueron consideradas pertinentes

en el marco de las propuestas planteadas por la Unidad de Coordinación del Sistema

de Formación Docente, cuya versión final es la que constituye esta Resolución;

Que la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente acompaña para su

aprobación los "Lineamientos Curriculares Jurisdiccionales para la formación docente

inicial" para la elaboración e implementación de los Diseños Curriculares

Jurisdiccionales de carreras de profesorado que se aprueben en el futuro de

conformidad con el Anexo I (IF-2023-43359609-GCABA-UCSFD) que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente Resolución;

Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, y las

Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Educación de Gestión Privada

y la Dirección General de Enseñanza Artística del Ministerio de Cultura han brindado

su conformidad con el trámite de los presentes;

Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario el dictado de la norma legal que

posibilite lo requerido;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos Curriculares Jurisdiccionales para la formación

docente inicial" para la elaboración e implementación de los Diseños Curriculares

Jurisdiccionales de carreras de profesorado que se aprueben a partir de la fecha,

según se establece en el Anexo I (IF-2023-43359609-GCABA-UCSFD), el que a todos

los efectos forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.-: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a

la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente, a las Direcciones

Generales de Planeamiento Educativo y de Educación de Gestión Privada, del

Ministerio de Educación y a la Dirección General de Enseñanza Artística del Ministerio

de Cultura. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6765

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 2°  de la Resolucion 616-MEDGC-25 deja sin efecto la Resolución 6199-GCABA-MEDGC/23 </p>