RESOLUCIÓN 6199 2023 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA - LINEAMIENTOS CURRICULARES JURISDICCIONALES - CARRERAS DE PROFESORADO - PARA LA FORMACIÓN DOCENTE INICIAL - INTRODUCCIÓN - PRINCIPIOS - PERFIL GENERAL DE LAS Y LOS EGRESADOS - TÍTULOS - INCUMBENCIAS Y DURACIÓN DE LAS CARRERAS DE PROFESORADO - ORGANIZACIÓN CURRICULAR - DESARROLLO DE CAPACIDADES PROFESIONALES PARA LA DOCENCIA - CRITERIOS DE DEFINICIÓN DE ESPACIOS CURRICULARES Y CONTENIDOS - FORMACIÓN PERSONAL - CULTURAL Y CIUDADANA DE LAS Y LOS FUTUROS DOCENTES
Publicación:
11/12/2023
Sanción:
23/11/2023
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
Estado:
No vigente
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nacionales
Nros. 26.206 y sus modificatorias, 24.521, las Resoluciones Nros. 24-CFE/07, 30-
CFE/07, 74-CFE/08, 83-CFE/09 y 183- CFE/12, las Leyes Nros. 6.053 y 6.292 (textos
consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, el
Expediente Electrónico N° 41.238.866-GCABA-UCSFD/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que la Ciudad
reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la
ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad
justa y democrática;
Que, en idéntico sentido, el citado cuerpo normativo establece que la Ciudad crea y
reconoce, bajo su dependencia, institutos educativos con capacidad de otorgar títulos
académicos y habilitantes en todos los niveles, fomenta la vinculación de la educación
con el sistema productivo, capacitando para la inserción y reinserción laboral y tiende
a formar personas con conciencia crítica y capacidad de respuesta ante los cambios
científicos, tecnológicos y productivos;
Que conforme lo dispone el artículo N° 35 de la Ley Nacional N° 26.206, la Educación
Superior está regulada por la Ley de Educación Superior N° 24.521;
Que asimismo establece en su artículo 74 que corresponde al Ministerio de Educación
y al Consejo Federal de Educación acordar los lineamientos para la organización y
administración del sistema de formación docente, así como los parámetros de calidad
que orienten los diseños curriculares; así como en su artículo 121 que los Gobiernos
provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben aprobar el currículo de
los diversos niveles y modalidades conforme a ello;
Que conforme la Ley Nacional N° 24.521, una de las finalidades de la Educación
Superior es preparar para el ejercicio de la docencia en todos los niveles y
modalidades del sistema educativo;
Que mediante la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social; así como promover la formación y jerarquización profesional del
personal docente;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo estableciéndose las responsabilidades
primarias, acciones correspondientes y competencias de este Ministerio;
Que, de conformidad a la citada normativa, la Unidad de Coordinación del Sistema de
Formación Docente tiene, entre otras funciones, la de elaborar, coordinar y evaluar las
políticas y programas educativos para el sistema de formación docente de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 6.053 y la
de establecer los lineamientos para el planeamiento, organización y desarrollo de
ofertas de formación docente;
Que así también le corresponde establecer criterios y orientar el desarrollo de diseños
curriculares y políticas para la formación docente, en coordinación con las áreas
competentes;
Que el mencionado decreto establece que la Dirección General de Planeamiento
Educativo tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar y proponer la
currícula educativa de la Ciudad;
Que las Resoluciones del Consejo Federal de Educación Nros. 24-CFE/07, 30-
CFE/07, 74-CFE/08, 83-CFE/09 y 183-CFE/12 constituyen los marcos federales para
la revisión y actualización de los Diseños Curriculares Jurisdiccionales y titulaciones de
las carreras de Profesorado;
Que la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente propicia aprobar
los "Lineamientos Curriculares Jurisdiccionales para la formación docente inicial" para
la elaboración e implementación de los Diseños Curriculares Jurisdiccionales de
carreras de profesorado que se aprueben en el futuro;
Que la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente señala que elaboró
el "Diagnóstico Curricular de la formación docente inicial en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires" que analiza y compara las estructuras curriculares de diseños
curriculares jurisdiccionales y planes curriculares institucionales de carreras de
profesorado;
Que asimismo, manifiesta que, durante el año 2022 se realizaron diversos encuentros
de trabajo con autoridades y docentes de la educación obligatoria y de las instituciones
de formación docente con el propósito de identificar y analizar los desafíos a futuro de
la formación docente y las características de los planes de estudio y trayectorias
estudiantiles en los profesorados;
Que la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente elaboró informes
por carrera de profesorado sobre la oferta, trayectorias estudiantiles y perfil de
ingresantes, los cuales fueron presentados y compartidos con las autoridades de las
instituciones de formación docente en los encuentros de trabajo mencionados;
Que, como resultado de las acciones mencionadas, la mencionada área informa que
en el año 2022 se compartió con las comunidades de las instituciones de formación
docente un documento borrador de "Lineamientos Curriculares Jurisdiccionales para la
formación docente inicial" elaborado por la Unidad de Coordinación del Sistema de
Formación Docente y acordado con la Gerencia Operativa de Currículum y con las
áreas de los Ministerios de Educación y de Cultura que tienen a su cargo o bajo su
supervisión las instituciones estatales y privadas de formación docente;
Que, la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente indica dichos
lineamientos fueron elaborados con el propósito de orientar la renovación de los
próximos diseños curriculares de las carreras de profesorado atendiendo a diversos
problemas actuales que presentan la formación y las trayectorias de las y los
estudiantes en las carreras de profesorado y las necesidades de actualización y
revisión de los contenidos de la formación que demandan las últimas políticas y
definiciones curriculares para la educación obligatoria;
Que, por su parte señala que, una vez recibidos los aportes de diversas instituciones
de formación docente, se procedió a realizar modificaciones al documento borrador de
"Lineamientos Curriculares Jurisdiccionales para la formación docente inicial",
atendiendo a las sugerencias de las instituciones que fueron consideradas pertinentes
en el marco de las propuestas planteadas por la Unidad de Coordinación del Sistema
de Formación Docente, cuya versión final es la que constituye esta Resolución;
Que la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente acompaña para su
aprobación los "Lineamientos Curriculares Jurisdiccionales para la formación docente
inicial" para la elaboración e implementación de los Diseños Curriculares
Jurisdiccionales de carreras de profesorado que se aprueben en el futuro de
conformidad con el Anexo I (IF-2023-43359609-GCABA-UCSFD) que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución;
Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, y las
Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Educación de Gestión Privada
y la Dirección General de Enseñanza Artística del Ministerio de Cultura han brindado
su conformidad con el trámite de los presentes;
Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario el dictado de la norma legal que
posibilite lo requerido;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos Curriculares Jurisdiccionales para la formación
docente inicial" para la elaboración e implementación de los Diseños Curriculares
Jurisdiccionales de carreras de profesorado que se aprueben a partir de la fecha,
según se establece en el Anexo I (IF-2023-43359609-GCABA-UCSFD), el que a todos
los efectos forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.-: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a
la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente, a las Direcciones
Generales de Planeamiento Educativo y de Educación de Gestión Privada, del
Ministerio de Educación y a la Dirección General de Enseñanza Artística del Ministerio
de Cultura. Cumplido, archívese. Acuña