DECRETO 451 2005

Síntesis:

SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE: SE LA DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY N° 1.356 - REGULACIÓN - PRESERVACIÓN DEL RECURSO AIRE Y PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA

Publicación:

13/04/2005

Sanción:

06/04/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 1.356 (B.O.C.B.A. N° 2000) y el Expediente N° 7.261/05, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 1.356 se estableció la regulación en materia de preservación del recurso aire y la prevención y control de la contaminación atmosférica, a fin de permitir orientar las políticas y planificación urbana en salud y la ejecución de acciones correctivas o de mitigación entre otras;

Que, los artículos 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la ley precedentemente citada disponen diversos deberes a cargo de la autoridad de aplicación, que resultan de esencial cumplimiento para la debida implementación de la mentada ley, previo al dictado de la correspondiente reglamentación;

Que, en este orden de ideas, el art. 50 de la ley que nos ocupa, establece que la autoridad de aplicación será la dependencia con competencia ambiental del Poder Ejecutivo, la que debe actuar en forma coordinada con otros organismos cuyas competencias tenga vinculación con el objeto de la ley;

Que, por el Decreto N° 2.696-GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1836), se creó la Subsecretaría de Medio Ambiente dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable como máxima autoridad ambiental del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, en consecuencia, resulta necesario proceder a designar a la dependencia que actuará como autoridad de aplicación de la Ley N° 1.356;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias y conforme lo establecido en los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Desígnase a la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable como autoridad de aplicación de la Ley N° 1.356 (B.O.C.B.A. N° 2000).

Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por los señores Secretarios de Producción Turismo y Desarrollo Sustentable, de Seguridad y de Salud, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a las Secretarías de Producción Turismo y Desarrollo Sustentable, de Seguridad, de Salud, de Hacienda y Finanzas y de Jefe de Gabinete y remítase a la Subsecretaría de Medio Ambiente. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 del Decreto 451-05, designa a la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable como autoridad de aplicación de la Ley 1356.</p>