DISPOSICIÓN 492 2023 DIRECCION GENERAL DOCENCIA INVESTIGACION Y DESARROLLO PROFESIONAL
Síntesis:
ESTABLECE UTILIZACIÓN OBLIGATORIA - FUNCIONALIDADES - SEGUIMIENTO DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN - PLATAFORMA DE REGISTRO INFORMATIZADO DE INVESTIGACIONES EN SALUD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PRIISABA - INVESTIGACIÓN EVALUADA POR COMITÉS DE ÉTICA EN INVESTIGACIÓN DE EFECTORES PERTENECIENTES AL GCBA - APRUEBA INSTRUCTIVOS - INSTRUCTIVO CEI - INSTRUCTIVO INVESTIGADORES - INSTRUCTIVO AUTORIZADOS Y PATROCINADORES -
Publicación:
13/12/2023
Sanción:
04/12/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL DOCENCIA INVESTIGACION Y DESARROLLO PROFESIONAL
VISTO: La Ley 3301 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N°
58/GCABA/2011, la Resolución N° RESOL-2019-1679-GCABA-MSGC, la Disposición
N° DI-2019-337-GCABA-DGDIYDP y el Expediente N° EX-2023-44941353-GCABA-
DGDIYDP; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3301 sobre Protección de Derechos de Sujetos en Investigaciones en
Salud, establece el régimen para la actividad de investigación en salud con seres
humanos, de conformidad con la Ley Básica de Salud N° 153 (Texto consolidado por
Ley N° 6.017);
Que, el artículo 2 de la mencionada Ley prevé como ámbito de aplicación los
subsectores públicos y privados del sistema de salud de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que el artículo 25 del mismo cuerpo legal establece que el Ministerio de Salud de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la autoridad de aplicación de la citada norma;
Que mediante el Decreto N° 58/GCABA/2011 se aprobó la reglamentación de la Ley
3301 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 26 de la misma;
Que a través de la Resolución N° RESOL-2019-1679-GCABA-MSGC se creó la
Plataforma de Registro Informatizado de Investigaciones en Salud de la Ciudad de
Buenos Aires (PRIISA.BA), estableciendo la misma como único sistema de Registro
Centralizado de Investigaciones en Salud de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en la mencionada Resolución se delegó en la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional la aprobación de los aspectos operativos para la
implementación de la PRIISA.BA;
Que, a través de la Disposición N° DI-2019-337-GCABA-DGDIYDP se estableció la
utilización obligatoria de la Plataforma de Registro Informatizado de Investigaciones en
Salud de la Ciudad de Buenos Aires (PRIISA.BA), para la emisión de dictámenes para
toda investigación en salud con patrocinio privado que ingrese a un Comité de Ética en
Investigación a partir del día 1 de diciembre de 2019 y para el resto de las
investigaciones a partir del día 1 de enero de 2020;
Que, si bien la plataforma fue incorporando modificaciones orientadas a la resolución
de dificultades puntuales e implementación de mejoras, siempre mantuvo la lógica de
funcionamiento orientado al registro y la gestión de las evaluaciones hasta el dictamen
inicial;
Que las áreas competentes han desarrollado una ampliación de la plataforma -bajo el
nombre de "Seguimiento de Proyectos de Investigación"- a través de la cual se
incorporan nuevos procesos orientados al registro y la gestión de informes y eventos
que son evaluados por los CEI con posterioridad a la emisión del dictamen;
Que, en tal sentido, PRIISA.BA ha incorporado nuevas funcionalidades referidas a la
actualización del estado de seguimiento para las investigaciones, la carga y evaluación
de eventos adversos y la carga y evaluación de informes periódicos y finales;
Que, en virtud de la importancia de informar al público en general respecto al estado
actual de cada investigación aprobada por los CEI acreditados en la Ciudad, la
actualización del estado de seguimiento debe ser de cumplimiento obligatorio para
todos los Comités;
Que, por el contrario, en tanto la carga y evaluación de los informes (periódicos, finales
y de eventos adversos) representan un insumo para la gestión por parte del GCBA
para sus centros propios y permiten un adecuado control de la actividad de los CEI
que están a su cargo, estos procesos deben ser de cumplimiento obligatorio solo para
los Comités de Ética en Investigación de las instituciones pertenecientes al GCBA, y
revestir carácter optativo para los que pertenezcan a instituciones privadas;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 4 de la Resolución N°
1679/MSGC/2019,
Artículo 1.- Establécese la utilización obligatoria de todas las funcionalidades referidas
al "Seguimiento de Proyectos de Investigación" de la Plataforma de Registro
Informatizado de Investigaciones en Salud de la Ciudad de Buenos Aires (PRIISA.BA),
para toda investigación evaluada por Comités de Ética en Investigación de efectores
pertenecientes al GCBA a partir del día 1 de febrero de 2024.
Artículo 2.- Establécese la utilización obligatoria de la funcionalidad "Actualización del
estado de seguimiento" de la Plataforma de Registro Informatizado de Investigaciones
en Salud de la Ciudad de Buenos Aires (PRIISA.BA), y la utilización optativa del resto
de las funcionalidades referidas al "Seguimiento de Proyectos de Investigación" para
toda investigación evaluada por Comités de Ética en Investigación pertenecientes a
instituciones privadas a partir del día 1 de febrero de 2024.
Artículo 3.- Apruébanse los instructivos de uso de las funcionalidades referidas al
"Seguimiento de Proyectos de Investigación" para Autorizados y Patrocinadores,
Investigadores y CEI (Anexos N° IF-2023-44972359-GCABA-DGDIYDP, IF-2023-
44972447-GCABA-DGDIYDP y IF-2023-44972534-GCABA-DGDIYDP,
respectivamente) que a todos sus efectos forman parte integrante del presente.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos gírese al Comité Central de Ética en
Investigación y comuníquese a los Comités de Ética en Investigación acreditados por
el Comité Central de Ética en Investigación. Cumplido, archívese. Garau