RESOLUCIÓN 1526 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
PRORROGA EXCEPCIONALMENTE - HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2023 - PLANTA TRANSITORIA - PLAN DE VACUNACIÓN COVID19 - DESIGNACIONES - EN EL MARCO DEL DECRETO N° 32/21 - COVID 19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
14/12/2023
Sanción:
07/12/2023
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: El Decreto N° 32/21, las Resoluciones Conjuntas Nros. 96/GCABA-
/MHFGC/21, 104/GCABA-MHFGC/21, 283/GCABA-MHFGC/21,
492/GCABAMHFGC/21, 529/GCABA-MHFGC/21, 616/GCABA-MHFGC/21,
702/GCABA-MHFGC/21, 800/GCABA-MHFGC/21, 870/GCABA-MHFGC/21,
41/GCABA-MHFGC/22, 103/GCABA-MHFGC/22,
155/GCABA-MHFGC/22,
198/GCABA-MHFGC/22, 253/GCABA-MHFGC/22, 286/GCABAMHFGC/22,
357/GCABA-MHFGC/22, 381/GCABA-MHFGC/22, 453/GCABA-
MHFGC/22,484/GCABA-MHFGC/22, 6/GCABA-MHFGC/23, 118/GCABA-MHFGC/23 y
900/GCABA-MHFGC/23, y el Expediente Electrónico N° 44104281-GCABA-
UPESCA/23, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 32/21 se creó la Planta Transitoria "Plan de Vacunación
COVID-19", dependiente de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y
Comunitaria del Ministerio de Salud para el período comprendido entre el 15 de enero
y el 31 de marzo de 2021, a los fines de poner en marcha un plan de vacunación
estratégico, gratuito y voluntario que respondía no sólo a la situación epidemiológica y
sanitaria por entonces vigente, sino también a aligerar los efectos de la pandemia en la
sociedad en su conjunto;
Que mediante Resoluciones Conjuntas Nros. 96/GCABA-MHFGC/21, 283/GCABA-
HFGC/21, 492/GCABA-MHFGC/21, 529/GCABA-MHFGC/21, 616/GCABA-
MHFGC/21, 702/GCABAMHFGC/ 21, 800/GCABA-MHFGC/21, 870/GCABA-
MHFGC/21, 41/GCABA-MHFGC/22, 103/GCABAMHFGC/22, 155/GCABA-MHFGC/22,
198/GCABA-MHFGC/22, 253/GCABA-MHFGC/22, 286/GCABA-MHFGC/22,
357/GCABA-MHFGC/22, 381/GCABA-MHFGC/22,
453/GCABAMHFGC/22,
484/GCABA-MHFGC/22, 6/GCABA-MHFGC/23, 118/GCABA-MHFGC/23,
900/GCABA-MHFGC/23 se prorrogaron, sucesivamente hasta el 30 de noviembre de
2023, la vigencia y designaciones efectuadas en la Planta Transitoria de "Plan de
Vacunación COVID19", en el marco del citado Decreto;
Que el artículo 5° del Decreto N° 32/21 facultó, en forma conjunta, a los titulares del
Ministerio de Salud y del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a realizar modificaciones
en la referida planta transitoria;
Que a los fines de continuar aligerando los efectos que la pandemia ha causado en la
población, especialmente en adultos mayores, resulta necesario prorrogar,
excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre de 2023, la vigencia de la Planta
Transitoria creada por Decreto N° 32/21, garantizando de ese modo la continuidad en
la prestación del servicio brindado en vacunatorios para COVID- 19;
Que asimismo y con el objeto de no perder la continuidad en la prestación de dichos
servicios, resulta pertinente prorrogar por idéntico plazo, las designaciones, que se
realizaron en el marco de la citada Planta Transitoria y que se encuentren vigentes a la
fecha, en las mismas condiciones en que se efectuaron;
Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Decreto N° 32/21;
Artículo 1°.- Prorrogar, excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre de 2023 la Planta
Transitoria de "Plan de Vacunación COVID19", creada por Decreto N° 32/21, con los
alcances allí establecidos.
Artículo 2°.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2023, las designaciones efectuadas
en el marco del Decreto N° 32/21, en las mismas condiciones en que fueron realizadas
y que a la fecha del dictado de la presente resolución se encuentren vigentes.
Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la
Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos y a la
Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, dependientes del
Ministerio de Salud. Cumplido archívese. González Bernaldo de Quirós - Mura