RESOLUCIÓN 94 2023 UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
APRUEBA - PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE LA RANA DE VALCHETA - PLEURODEMA SOMUNCURENSE - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - ECOPARQUE INTERACTIVO
Publicación:
20/12/2023
Sanción:
05/12/2023
Organismo:
UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 5.752 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 82-
GCABA/17, 463- GCABA/19, su normativa modificatoria y 497-GCABA/19, la
Resolución N° 69-GCABA-UPEEI/19, el Expediente Electrónico N° 44.474.890-
GCABA-UGETUPEEI/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.752 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) dispuso la transformación
progresiva del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao
Holmberg";
Que la mencionada Ley estableció en su artículo 3°, que la gestión y transformación
del predio se efectuará de conformidad a una serie de objetivos entre los cuales se
contempla la implementación y/o desarrollo de proyectos integrales de conservación
de especies silvestres y hábitats naturales, a través de acciones "in situ" y "ex situ";
difusión sobre temas ambientales, en particular de protección de flora y fauna
autóctonas; posicionamiento del predio como paseo familiar y recreativo de referencia,
en el que se priorice la concientización para la conservación de la fauna y flora nativa
silvestre de la Argentina, la promoción de proyectos de rehabilitación de fauna y la
investigación científica, entre otros;
Que el Decreto N° 82-GCABA/17, reglamentario de la referida Ley, estipula en el
artículo 3° de su Anexo II que los proyectos integrales de conservación de especies de
la fauna silvestre y hábitats naturales que se desarrollen o implementen, contemplarán
acciones de conservación "in situ" y/o "ex situ";
Que mediante Resolución N° 69-GCABA-UPEEI/19 se aprobó en el ámbito de la
Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, el Programa para el Manejo Reproductivo de Especies Amenazadas;
Que de conformidad a ello, el área Conservación y Gestión de Fauna dependiente de
la Unidad Gestión Estratégica y Transformación, promueve la creación del "Programa
de conservación de Rana de Valcheta", manifestando que el mismo tiene como como
finalidad aportar a la conservación de Rana de Valcheta ( Pleurodema somuncurense)
en la República Argentina;
Que en el marco del "Programa de conservación de Rana de Valcheta" se trabajará en
miras de la conservación de la especie referida desde el componente ex situ.
Entendiendo a éste, como la cría, rescate y manejo de ejemplares fuera de su área de
distribución natural y bajo cuidado humano. Este tipo de acciones serán
complementarias a las realizadas dentro del área de distribución de la especie objeto
de conservación, llamadas in situ.
Que, a mayor abundamiento, dentro de los objetivos del presente programa se
encuentran los de: "Dar lugar a acciones de conservación ex situ de la especie de rana
de Valcheta (Pleurodema somuncurense) en el ámbito de la Unidad de Proyectos
Especiales Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (UPEEI);
Dar lugar a acciones de conservación in situ de la especie rana de Valcheta
(Pleurodema somuncurense); Desarrollar conocimientos con base científica que
contribuyan a la conservación de las poblaciones silvestres de la especie; Fomentar el
trabajo colaborativo entre instituciones y pobladores del sitio de distribución de la
especie; Promover las estrategias de comunicación y difusión masiva para la
concientización del público general de la importancia ecológica y cultural de la
conservación de la rana de Valcheta";
Que, la Rana del Valcheta (Pleurodema somuncurense) es una especie
microendémica del Arroyo Valcheta, ubicado en la Meseta de Somuncurá, provincia de
Río Negro, que se encuentra categorizada nacionalmente como "En Peligro Crítico"
(Vaira et al., 2012) e internacionalmente como "En Peligro Crítico" (UICN);
Que de conformidad con el Decreto N°413-GCABA/20, se encuentran entre los
objetivos de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires los de "planificar, coordinar y ejecutar la
transformación del ex Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo
Ladislao Holmberg" en un Ecoparque Interactivo, enfocado en la educación,
concientización ambiental y en la conservación de la biodiversidad; promover la
celebración de convenios y acuerdos interjurisdiccionales para el abordaje integral en
materia de conservación de la biodiversidad y educación en dicha materia en
coordinación con las áreas competentes";
Que se resalta la necesidad de fortalecer las áreas de conservación y educación como
ejes centrales, junto al bienestar animal, teniendo en consideración que los proyectos
de conservación son una pieza esencial a lo largo de todo el Ecoparque Interactivo,
abordando la preservación de animales autóctonos amenazados o en peligro de
extinción, destacándose la importancia de los programas de conservación;
Que resulta necesario continuar trabajando con la problemática en el marco de la
estrategia integral de conservación de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)
Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de
conservar la especie Rana del Valcheta (Pleurodema somuncurense) en la República
Argentina;
Que el "Programa de conservación de Rana de Valcheta" se encuentra enmarcado en
el Programa para el Manejo Reproductivo de Especies Amenazadas, aprobado por
Resolución N° 69-GCABA-UPEEI/19, e íntimamente relacionado los objetivos
establecidos en la Ley N° 5.752 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017);
Que en cumplimiento de los objetivos mencionados, el suscripto entiende oportuno
aprobar el "Programa de conservación de Rana de Valcheta";
Que la Unidad de Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales
ha tomado debida intervención en el marco de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)
Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el "Programa de
conservación de Rana de Valcheta" con los objetivos y alcances establecidos en el
Anexo I (IF-2023-44975044-GCABA-UGETUPEEI), que forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Instrúyase a la Unidad Gestión Estratégica y Transformación a
instrumentar las acciones tendientes a cumplimentar los objetivos contemplados en el
Programa referido en el artículo 1° de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Unidad Gestión
Estratégica y Transformación y a la Unidad de Gestión General de Operaciones,
Administración y Asuntos Legales. Cumplido, archívese. Iglesias