RESOLUCIÓN 69 2019 UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

SE APRUEBA - PROGRAMA PARA EL MANEJO REPRODUCTIVO DE ESPECIES AMENAZADAS - OBJETIVOS Y ALCANCES - CONSERVACION DE ESPECIES - BAJO GRADO DE AMENAZA - CONSERVACIÓN DE ESPECIES - COMPONENTE EX SITU - ÁMBITO DE APLICACIÓN - OBJETIVO GENERAL - CRITERIOS DE SELECCIÓN DE ESPECIES - OBJETO DEL PROGRAMA - INCORPORACIÓN - ÁREA DE BIOTECNOLOGÍA REPRODUCTIVA PARA LA CONSERVACIÓN DE FAUNA SILVESTRE Y BANCO DE RECURSOS GENÉTICOS - ABRYBRG - AL PROGRAMA DE MANEJO REPRODUCTIVO - APLICACIÓN DE LAS ACCIONES DEL ABRYBRG - OBJETO DE CONSERVACIÓN - OBJETIVOS ESPECÍFICOS - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE -  ECOPARQUE INTERACTIVO

Publicación:

02/07/2019

Sanción:

26/06/2019

Organismo:

UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 5.752 (Texto consolidado Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 82/17,

217/18 y 339/18, la Resolución N° 756-MAYEPGC/18, el Expediente Electrónico N°

19201968-GCABA-UPEEI-2019, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.752 (Texto consolidado Ley N° 6.017) dispuso la transformación

progresiva del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao

Holmberg";

Que la mencionada Ley estableció en su Artículo 3°, que la gestión y transformación

del predio se efectuará de conformidad a una serie de objetivos entre los cuales se

contempla la implementación y/o desarrollo de proyectos integrales de conservación

de especies silvestres y hábitats naturales, a través de acciones "in situ" y "ex situ";

difusión sobre temas ambientales, en particular de protección de flora y fauna

autóctonas; posicionamiento del predio como paseo familiar y recreativo de referencia,

en el que se priorice la concientización para la conservación de la fauna y flora nativa

silvestre de la Argentina, la promoción de proyectos de rehabilitación de fauna y la

investigación científica, entre otros;

Que de conformidad a ello, el área Conservación, Educación y Proyectos dependiente

de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación, elaboró el Programa para el

manejo reproductivo de especies amenazadas y manifestó que el mismo se encuentra

destinado a conservar las especies que se encuentren bajo algún grado de amenaza,

sean destacadas por su valor patrimonial o como especies paraguas, o que permitan

visibilizar y abordar las problemáticas ambientales asociadas con el propósito de

asegurar la viabilidad a largo plazo de sus poblaciones, haciendo especial hincapié en

aquellas especies autóctonas de la región neotropical. Por otro lado, indicó que el

mismo abordará la conservación de especies desde el componente ex situ,

entendiendo a este, como la cría y manejo de poblaciones fuera del área de

distribución natural y bajo cuidado humano. Este tipo de acciones serán

complementarias a las realizadas dentro del área de distribución de las especies

objeto de conservación, llamadas in situ;

Que el Titular de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación manifestó, por su

parte, que el Programa responde a los Lineamientos Generales de Transformación del

ex Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires, "Eduardo Ladislao Holmberg",

aprobado mediante la Resolución N° 756-MAYEPGC/18, resaltando la necesidad de

fortalecer las áreas de conservación y educación como ejes centrales, junto al

bienestar animal, teniendo en consideración que los proyectos de conservación serán

una pieza esencial a lo largo de todo el Ecoparque, abordando la preservación de

animales autóctonos amenazados o en peligro de extinción, destacándose la

importancia de los Programas de conservación, entre ellos el de manejo reproductivo

de especies amenazadas;

Que resulta necesario continuar trabajando con la problemática en el marco de la

estrategia integral de conservación de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de fortalecer

poblaciones silvestres de especies amenazadas;

Que el Programa para el manejo reproductivo de especies amenazadas, se encuentra

íntimamente relacionado con los objetivos establecidos en la Ley N° 5.752 (Texto

consolidado Ley N° 6.017);

Que de conformidad con el Decreto N° 217/18, se encuentran entre los objetivos de la

Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires los de planificar, coordinar y ejecutar la transformación del ex Jardín

Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao Holmberg" en un

Ecoparque Interactivo, enfocado en la educación, concientización ambiental y en la

conservación de la biodiversidad, promover la celebración de convenios y acuerdos

interjurisdiccionales para el abordaje integral en materia de conservación de la

biodiversidad y educación en dicha materia en coordinación con las áreas

competentes;

Que mediante el Decreto N° 339/18, se designó a partir del 1° de octubre de 2018, al

Lic. Federico Iglesias, como Titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) "Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires",

bajo la órbita del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que en cumplimiento de los objetivos encomendados, el suscripto entiende oportuno

aprobar el Programa para el manejo reproductivo de especies amenazadas;

Que la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales ha

tomado debida intervención.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL TITULAR DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL

UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) ECOPARQUE INTERACTIVO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Programa para el

manejo reproductivo de especies amenazadas, con los objetivos y alcances

establecidos en el Anexo I IF-2019-20569576-GCABA-UPEEI, que forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese la Unidad General de

Operaciones, Administración y Asuntos Legales y a la Unidad Gestión Estratégica y

Transformación. Cumplido, archívese. Iglesias


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5649

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la  Resolución N° 95/UPEEI/23, aprueba en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el “Programa de conservación de Águila coronada (Buteogallus coronatus)”  en el marco de la Resolución Nº 69-GCABA-UPEEI/19.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 94/UPEEI/23, aprueba en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el “Programa de conservación de Rana de Valcheta” en el marco de la Resolución Nº 69-GCABA-UPEEI/19.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la  Resolución N° 90/UPEEI/22 aprueba Programa de conservación y cría de Lobo gargantilla, dispuesto por Resolución Nº 69/UPEEI/19.</p>