DISPOSICIÓN 25 2005 DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE URBANA

Síntesis:

ESTABLECE EL HORARIO Y LUGAR DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE PASEADORES DE PERROS - REGLAMENTACIÓN.

Publicación:

20/04/2005

Sanción:

07/04/2005

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE URBANA


Visto el Decreto N° 1.972-GCABA/01 (B.O.C.B.A. N° 1328) y Resolución N° 147-SMAyEP/01 y,

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección General de Higiene Urbana, es la autoridad de aplicación del Registro de Paseadores de Perros, según Decreto N° 1.972-GCBA/01, art. 4°;

Que, para mejorar la atención a los paseadores de perros, a partir del día 18 de abril del corriente año el registro funcionará en Cerrito 268, piso 11, Capital Federal, en el horario de 11 a 17 horas;

Que, se hace necesario dar a conocer a la comunidad en general y a los paseadores de perros en particular la nueva dirección del registro de paseadores de perros y su horario de funcionamiento, para que esta repartición continúe realizando las actividades administrativas vinculadas a la inscripción de los interesados al mismo;

Por ello y de conformidad a la norma legal;

LA DIRECTORA GENERAL DE HIGIENE URBANA

DISPONE:

Artículo 1° - El Registro de Paseadores de Perros funcionará a partir del día lunes 18 de abril del corriente año en el domicilio de la calle Cerrito 268, piso 11 ,Capital Federal, en el horario de 11 a 17 horas.

Articulo 2° - Dése al Registro, publíquese durante cinco (5) días consecutivos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento, comuníquese a la Subsecretaría de Medio Ambiente y a la Dirección General Coordinación Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Producción Turismo y Desarrollo Sustentable, pase para demás efectos a la Dirección General de Higiene Urbana. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Establece horario y lugar funcionamiento Registro de Paseadores.