DECRETO 468 2023

Síntesis:

DESIGNA - DIRECTORES GENERALES - DIEGO JORGE VACCHINO - DIRECCIÓN GENERAL ATENCIÓN PRIMARIA - SERGIO RICARDO AUGER - DIRECCIÓN GENERAL HOSPITALES - HORACIO PEDRO RODRÍGUEZ O’CONNOR - DIRECCIÓN GENERAL SALUD MENTAL - DIRECTOR ADJUNTO - ARIEL MARIO GOLDMAN - DIRECCIÓN ADJUNTA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. ABEL ZUBIZARRETA - SUBSECRETARÍA ATENCIÓN HOSPITALARIA - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

27/12/2023

Sanción:

26/12/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23, el Expediente Electrónico N°

46717642- -GCABA-DGAYDRH/23 y tramitaciones conjuntas, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Salud;

Que, por Decreto N° 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la

Dirección General Atención Primaria, Dirección General Hospitales, Dirección General

Salud Mental y a la Dirección Adjunta de Gestión Administrativa del Hospital General

de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", todas dependientes del citado Ministerio;

Que, en consecuencia, el señor Ministro de Salud propicia las designaciones de las

personas que se detallan en el Anexo (IF-2023-47021328-GCABA-MSGC) que, a

todos sus efectos, forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones

que allí se detallan;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, a las personas que se

detallan en el Anexo IF-2023-47021328-GCABA-MSGC, el que a todos sus efectos

forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que allí se detallan.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud y por el

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido

en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588),

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio

de Hacienda y Finanzas, a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y

demás efectos, remítase a la Dirección General Administración y Desarrollo de

Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - González Bernaldo de Quirós -

Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6779