DECRETO 205 2026
Síntesis:
ACEPTA - RENUNCIA - TITULAR - DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD MENTAL - HORACIO PEDRO RODRÍGUEZ O´CONNOR - SUBSECRETARÍA ATENCIÓN HOSPITALARIA - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
29/05/2026
Sanción:
27/05/2026
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: la Ley 6.684, los Decretos 387/23 y 468/23, el Expediente EX-2026-18269357-
GCABA-SSAH, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires cuyo artículo 2° contempla, entre los Ministerios del Poder
Ejecutivo, al Ministerio de Salud;
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección
General;
Que por el Decreto 468/23 se designó, a partir del 10 de diciembre de 2023, a Horacio
Pedro Rodríguez O'Connor, (DNI 13.601.886, CUIL 20-13601886-9), como Titular de
la Dirección General de Salud Mental dependiente de la Subsecretaría Atención
Hospitalaria del Ministerio de Salud;
Que el funcionario mencionado presentó su renuncia al cargo aludido a partir del 20 de
abril de 2026;
Que, por lo expuesto, el Ministro de Salud propicia la aceptación de la renuncia en
cuestión, reintegrándose a Horacio Pedro Rodríguez O'Connor, al cargo de Jefe de
Unidad Centro de Salud N° 1 "Hugo Rosarios", partida 4023.0060.MS16.014 (P64) con
40 horas semanales de labor;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. Aceptar a partir del 20 de abril de 2026 la renuncia presentada por
Horacio Pedro Rodríguez O'Connor, (DNI 13.601.886, CUIL 20-13601886-9), como
Titular de la Dirección General de Salud Mental, dependiente de la Subsecretaría
Atención Hospitalaria del Ministerio de Salud, reintegrándose al cargo de Jefe de
Unidad Centro de Salud N° 1 "Hugo Rosarios", partida 4023.0060.MS16.014 (P64) con
40 horas semanales de labor.
Artículo 2°. El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Salud y por el Jefe
de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al
interesado dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley 6.357. Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, todas dependientes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Oficina de Integridad Pública, y a la Dirección
General Acceso a la Información y Gobierno Abierto. Para su conocimiento y demás
efectos, remitir a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos
Humanos dependiente de la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud y a
la Subsecretaría Atención Hospitalaria, ambas dependientes del Ministerio de Salud.
Cumplido, archivar. MACRI - González Bernaldo de Quirós - Sánchez Zinny