DECRETO 29 2024
Síntesis:
DESIGNA - FUNCIONARIOS - MARIA BELEN BARRETO - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL ECONOMÍA POPULAR - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - GONZALO MATIAS CHIARULLO - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL PROMOCIÓN DE INVERSIONES - SUBSECRETARIA DE INVERSIONES - PATRICIA VALENTINA FAGUNDEZ - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL POLÍTICAS ENERGÉTICAS - SUBSECRETARIA DE INVERSIONES - JUAN PABLO ALEGRE - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL INNOVACIÓN PRODUCTIVA - LUIS MARIA EDUARDO BULLRICH - TITULAR - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - PARQUE DE LA INNOVACIÓN
Publicación:
08/01/2024
Sanción:
05/01/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, el Expediente
Electrónico N° 47330524-GCABA-DGTALMDEC/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Desarrollo Económico;
Que por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
hasta nivel de Dirección General;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Desarrollo Económico propicia la
designación, a partir del 10 de diciembre de 2023, de las personas detalladas en el
Anexo I (IF-2024-00639124-GCABA-MDECGC) que, a todos sus efectos, forma parte
integrante del presente;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 10 de diciembre de 2023, a las personas que se
detallan en el Anexo I (IF-2024-00639124-GCABA-MDECGC), el que a todos los
efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que allí se
detallan.
Artículo 2°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a los interesados, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en
el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese
a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina
de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública,, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido archívese. MACRI -
García Moritán - Grindetti