DECRETO 385 2024
Síntesis:
ACEPTA RENUNCIA DE FUNCIONARIO - DIRECTOR GENERAL - GONZALO MATÍAS CHIARULLO - DIRECCIÓN GENERAL PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y COMERCIO EXTERIOR - SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Publicación:
16/12/2024
Sanción:
13/12/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley 6.684, los Decretos 387/23 y sus modificatorios, 29/24 y 168/24, el
Expediente 46115084-GCABA-DGTALMDEC/24, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2°, entre los Ministerios del
Poder Ejecutivo, al Ministerio de Desarrollo Económico;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la
que contempla a la Dirección General Promoción de Inversiones y Comercio Exterior,
dependiente de la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio de Desarrollo
Económico;
Que mediante el Decreto 29/24, ratificado por el Decreto 168/24, se designó a Gonzalo
Matías Chiarullo, D.N.I. 33.908.586, C.U.I.L. 20-33908586-3, como Director General de
la Dirección General Promoción de Inversiones y Comercio Exterior dependiente de la
Subsecretaría de Inversiones del citado Ministerio;
Que el mencionado funcionario presentó su renuncia al cargo aludido a partir del 31 de
diciembre de 2024;
Que, en consecuencia, el Subsecretario de Inversiones propicia la aceptación de la
renuncia en cuestión;
Que, conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Aceptar, a partir del 31 de diciembre de 2024, la renuncia presentada por
Gonzalo Matías Chiarullo, D.N.I. 33.908.586, C.U.I.L. 20-33908586-3, al cargo de
Director General de la Dirección General Promoción de Inversiones y Comercio
Exterior dependiente de la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio de Desarrollo
Económico.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Desarrollo
Económico y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notificar al
interesado dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado por Ley 6.588), comunicar a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública y para su conocimiento y demás efectos,
remitir al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archivar. MACRI - Arengo
Piragine p/p - Tapia p/p