RESOLUCIÓN 210 2005 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

MODIFICA EL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN N° 92-CM-05 - PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

Publicación:

26/04/2005

Sanción:

05/04/2005

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


Visto, lo actuado en el Expediente CM N° DCC - 094/4-0, referido al pliego de bases y condiciones generales para la contratación de bienes y servicios; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución CM N° 92/05, de fecha 1° de marzo de 2005, se aprobó el pliego de bases y condiciones generales para la contratación de bienes y servicios, el cual luce agregado a fojas 68/75;

Que mediante Resolución CM N° 122/05, de fecha 8 de marzo de 2005, se modificaron los artículos 2°, 3° y 4° de la resolución mencionada en el párrafo precedente, con el objeto de establecer la entrada en vigencia del nuevo pliego, a partir del día 1° de abril de 2005;

Que, conforme lo manifestado en Nota N° 277-DCC/05, de fecha 22 de marzo ppdo. (fojas 78), la dirección de compras y contrataciones detectó una serie de errores materiales en el flamante pliego de bases y condiciones generales;

Que en la misma nota, la dirección de compras y contrataciones sugiere la aprobación por parte de este plenario de consejeros, de un texto ordenado del pliego de bases y condiciones generales para la contratación de bienes y servicios;

Que mediante proveído de fecha 28 de marzo ppdo., inserto a fojas 79, el Presidente Coordinador de la Comisión de Administración y Financiera, Dr. Germán Garavano, instruye a la dirección de compras y contrataciones a elevar directamente al plenario un proyecto de resolución que apruebe el texto ordenado del nuevo pliego, contemplando la subsanación de los errores materiales detectados;

Que el proyecto del texto ordenado del pliego de bases y condiciones generales para la contratación de bienes y servicios confeccionado por la dirección de compras y contrataciones contempla las correcciones de los errores materiales aprobadas por la presente resolución;

Por ello, en función de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 31 y su modificatoria,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícase el punto 5 del índice del Anexo de la Resolución CM N° 92/05, el que quedará redactado de la siguiente manera:

5. Decisión de dejar sin efecto el proceso de contratación.

Artículo 2° - Modifícase el punto 12 del índice del Anexo de la Resolución CM N° 92/05, el que quedará redactado de la siguiente manera:

12. Requisitos para la presentación de la oferta por parte de los oferentes no inscriptos en el Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3° - Modifícase el punto 13 del Índice del Anexo de la Resolución CM N° 92/05, el que quedará redactado de la siguiente manera:

13. requisitos para la presentación de la oferta por parte de los oferentes inscriptos en el Registro Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4° - Modifícase el punto 4 del índice del Anexo de la Resolución CM N° 92/05, el que quedará redactado de la siguiente manera:

4. Pedidos de aclaraciones y/o información.

Artículo 5° - Modifícase la cláusula 8 del Anexo de la Resolución CM N° 92/05, la que quedará redactada de la siguiente manera:

8. Veracidad de la información.

De comprobarse que la información requerida por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para participar en las contrataciones que se realizan dentro de su órbita, no es veraz, adecuada y completa, ya sea con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, ello acarreará para el oferente y/o adjudicatario, la inadmisibilidad de su oferta o la rescisión del contrato, respectivamente, y la aplicación de una penalidad equivalente al importe constituido en concepto de garantía de oferta o de adjudicación, según se trate, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder.

Artículo 6° - Modifícase la cláusula 11.7 del Anexo de la Resolución CM N° 92/05, la que quedará redactada de la siguiente manera:

11.7 La oferta económica en los términos de la cláusula 14 del presente pliego.

Artículo 7° - Modifícase el último párrafo de la cláusula 11 del Anexo de la Resolución CM N° 92/05, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Sin perjuicio de lo anterior, también será inadmisible la oferta si hasta la oportunidad de presentarla el oferente no hubiere constituido el domicilio al que se refiere la cláusula 3 del presente pliego.

Artículo 8° - Modifícase la cláusula 28 del Anexo de la Resolución CM N° 92/05, la que quedará redactada de la siguiente manera:

28 constancia de prestación de servicios:

Para el caso de contrataciones de servicios, cuya facturación se base en horas trabajadas o en cantidad de personal previsto en la adjudicación o contratación del servicio, se deberá adjuntar a la factura:

28.1. La nómina de personas a cargo del servicio, con indicación de su CUIL.

28.2. Cantidad de horas trabajadas por cada persona a cargo del prestador.

28.3. Fotocopias de declaración jurada del S.U.S.S., constancia de presentación y pago, y nómina del personal incluido en la misma emitida por el respectivo programa aplicativo de la AFIP correspondientes al mes anterior a la fecha de factura.

28.4. Constancia de inscripción ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

28.5. Constancias correspondientes al cumplimiento de las normas de seguridad e higiene laboral vigentes por parte del personal a cargo del prestador.

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de verificar los datos expuestos.

Artículo 9° - Modifícase la cláusula 29 del Anexo de la Resolución CM N° 92/05, la que quedará redactada de la siguiente manera:

29 - forma de pago:

El pago se efectuará dentro del plazo de 30 (treinta) días conforme lo normado en la cláusula 27 y en el inciso 110 del Decreto N° 5.720/72 reglamentario del artículo 61 del Decreto-Ley N° 23.354/56, por el Departamento de Tesorería.

Artículo 10 - Apruébase el texto ordenado del pliego de bases y condiciones generales para la contratación de bienes y servicios, que como Anexo I forma parte de la presente resolución.

Artículo 11 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.


ANEXOS

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