RESOLUCIÓN 35 2024 SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD
Síntesis:
PRORROGA - VIGENCIA - MEDIDA DISPUESTA EN LA RESOLUCIÓN N° 2626-SSGMO/23 - ESTACIONAMIENTO REGULADO
Publicación:
10/01/2024
Sanción:
05/01/2024
Organismo:
SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD
VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 y 5.728 (texto consolidado por la Ley N° 6.588); el
Decreto N° 387/GCABA/23; la Resolución N° 2626/SSGMO/23; el expediente
electrónico N° EX-2024-01541573-GCABA-DGGSM, y;
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el Visto, tramita un proyecto de Resolución,
tendiente a prorrogar, por el término de 90 días corridos, la medida que fuera
dispuesta en el artículo 1° de la Resolución N° 2626/SSGMO/23, de carácter
experimental;
Que el mencionado acto administrativo, tuvo por objeto establecer por medio de su
Anexo (IF-2023-36433220-GCABA-DGGSM), cierta normativa de estacionamiento
regulado; que, a todo efecto, complementa los términos del Anexo A, de la Ley N°
5.728 (texto consolidado por Ley N° 6.588);
Que el equipo técnico experto en la materia, que integra la Dirección General Gestión
de Servicios de Movilidad, ha efectuado el análisis correspondiente, detallando los
motivos por los cuales se estima necesario prorrogar lo estipulado en el aludido
artículo 1° de la Resolución N° 2626/SSGMO/23;
Que, de dicho análisis, se destaca que el Estacionamiento Regulado es una
herramienta de Ingeniería del Tránsito, cuyo principal objetivo es ampliar la oferta de
estacionamiento en zonas de elevada demanda en la vía pública; impulsando, a tal fin,
un aumento en la rotación de los vehículos estacionados, evitando de esta manera
que se perpetúen en sus ubicaciones;
Que teniendo en cuenta tal premisa, mediante Resolución N° 2626/SSGMO/23, se
aprobó cierta normativa experimental, que complementa lo dispuesto en el anexo A de
la Ley N° 5.728 (texto consolidado por Ley N° 6.588), ampliando los tramos del
sistema de estacionamiento regulado, con el fin de evaluar el beneficio de esta medida
para los vecinos residentes y visitantes de las zonas involucradas;
Que de la evaluación efectuada por el equipo técnico antes mencionado , hasta el
momento, se puede concluir, que esta medida viene generado buenos resultados, ya
que ha tenido una gran aceptación por parte de los residentes y visitantes de la zonas
que cuentan con estacionamiento regulado, y ha ordenado los usos designados en la
calzada;
Que por lo hasta aquí manifestado, se estima necesario continuar con las tareas de
relevamiento y obtención de datos sobre los beneficios de la medida;
Que mantener actualizada la normativa en materia de estacionamiento, colabora con
la seguridad vial y hace al ordenamiento de la circulación del tránsito vehicular en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, dentro de las competencias asignadas a la Subsecretaría de Gestión de la
Movilidad, mediante Decreto N° 387/GCABA/23, se encuentra la de "Establecer las
normas para el ordenamiento del transporte y tránsito, el estacionamiento y la
regulación de los servicios de transporte en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que en virtud de lo estipulado en el artículo 1.2.2, inciso a), del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (aprobado por Ley N° 2.148, texto
consolidado por Ley N° 6.588), la Autoridad de Aplicación puede disponer medidas de
carácter transitorio o experimental que contemplen situaciones especiales, en lo
referente a cuestiones de estacionamiento;
Que las medidas dispuestas, en uso de la facultad conferida en el artículo mencionado
precedentemente, deben adoptarse por un plazo máximo de noventa (90) días
corridos, y podrán ser prorrogadas, por única vez, por el mismo lapso, conforme lo
establece el artículo 1.2.3, inciso b), del mismo cuerpo normativo;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo, con carácter
experimental, que prorrogue por el término de noventa (90) días corridos, la medida
que fuera dispuesta en el artículo 1°, de la Resolución N° 2626/SSGMO/23.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 387/GCABA/23;
Artículo 1°.- Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos, la vigencia de la
medida dispuesta en el artículo 1° de la Resolución N° 2626/SSGMO/23; cuyo objeto
fue establecer por medio de su Anexo (IF-2023-36433220-GCABA-DGGSM),
normativa de estacionamiento regulado, que, a todo efecto, complementa los términos
del Anexo A, de la Ley N° 5.728 (texto consolidado por Ley N° 6.588).
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
comunicar a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad, a la Dirección General
Gestión de Servicios de la Movilidad y a la Dirección General Cuerpo de Agentes de
Tránsito. Cumplido, archivar. Guerrero