DECRETO 554 2005
Síntesis:
PROMULGA LEY 1657
Publicación:
28/04/2005
Sanción:
21/04/2005
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 1.657 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 17 de marzo de 2005. Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Desarrollo Social, a la Dirección General de Tercera Edad y a la Secretaría de Cultura.
El presente decreto es refrendado por los señores Secretarios de Desarrollo Social y de Cultura, por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete. IBARRA - Telerman (a/c) - López - Fernández (a/c) - Fernández