DECRETO 57 2024

Síntesis:

MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA  - DECRETO 387/23 - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y OBJETIVOS - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL

Publicación:

16/01/2024

Sanción:

15/01/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6684, los Decretos Nros. 684/09 y modificatorios, 387/23 y

modificatorios, el Expediente Electrónico N° 03746200-GCABA-DGTALMI/24, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Infraestructura;

Que mediante Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de

Dirección General, contemplando a la Unidad de Auditoria Interna y a la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio;

Que el artículo 5° del Decreto N° 387/23 estableció que los cargos del Régimen

Gerencial existentes a la fecha fijada en el artículo 1°, permanecerán vigentes hasta

tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada

jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda y Finanzas realice las modificaciones

de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del

mencionado Decreto;

Que tanto la Unidad de Auditoria Interna como la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal dependientes del Ministerio de Infraestructura, carecen de

Régimen Gerencial, por tratarse de nuevas unidades organizacionales;

Que en ese sentido, a los efectos de dotar a la Unidad de Auditoría Interna y a la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependientes del mencionado

Ministerio del citado Régimen Gerencial, corresponde modificar parcialmente la

estructura orgánico funcional del Ministerio de Infraestructura;

Que asimismo, corresponde modificar las responsabilidades primarias de la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal, a los efectos de viabilizar un mejor desarrollo

de sus tareas;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 10 de diciembre de 2023, la estructura organizativa

del Ministerio de Infraestructura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo

con los Anexos I (Organigrama) (IF-2024-03747662-GCABA-MIGC) y II

(Responsabilidades primarias y Objetivos) (IF-2024-03748156-GCABA-MIGC), los que

a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto, quedando

parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.

Artículo 2°- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Infraestructura.

Artículo 3°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del

Ministerio de Infraestructura deberá informar, en un plazo de 30 días, a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y

Subgerencias Operativas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente

Decreto.

Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de

Infraestructura, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de

Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda

y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Infraestructura. Cumplido, archívese.

MACRI - Bereciartua - Arengo Piragine - Arengo Piragine p/p


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6792- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6792 - Anexo II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 57/24 modifica a partir del 10 de diciembre de 2023, la estructura organizativa del Ministerio de Infraestructura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II (Responsabilidades primarias y Objetivos), modificando así al Decreto N° 387/23.</p><p>Artículo 2° modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Infraestructura.</p>