RESOLUCIÓN 2 2024 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

APRUEBA  BASES Y CONDICIONES - PRUEBA PILOTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BICICLETEROS INTELIGENTES - PERMISO DE USO - PRECARIO Y ONEROSO - PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BICICLETEROS INTELIGENTES EN LA VÍA PÚBLICA  - DESIGNA INTEGRANTES - COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS - SOFÍA LUGO - VALERIA ANDREA RODRÍGUEZ - UNIDAD EJECUTORA N° 3134 - CONVOCATORIA

Publicación:

18/01/2024

Sanción:

16/01/2024

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Estado:

No vigente


VISTO: Las Leyes Nros. 6.684; 1.218, 2.148, y 6.352 (textos consolidados por Ley N°

6.588); el Decreto N° 387/23; el expediente electrónico N° EX-2023-34159522-

GCABA-DGGSM, y;

CONSIDERANDO:

Que por el expediente electrónico mencionado en el Visto, tramita un proyecto de

Resolución, a efectos de aprobar la realización de una "Prueba Piloto para la

Prestación del Servicio de Bicicleteros Inteligentes" en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante la Ley N° 2.148 (texto consolidado por Ley N° 6.588), se aprobó el

Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual

regula el tránsito y el uso de la vía pública dentro de los límites geográficos

establecidos en el artículo 8° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que las disposiciones de la referida Ley N° 2.148, y sus normas reglamentarias, tienen

como objetivo la utilización adecuada y segura de la vía pública por parte de los

distintos usuarios que circulan por ella, en un marco de respeto mutuo, propendiendo a

la preservación del medio ambiente, a la eliminación de barreras arquitectónicas y

urbanísticas que impidan el desplazamiento de las personas y a la educación para una

correcta prevención vial;

Que en ese marco, mediante la Ley N° 6.352 se creó el programa "Buenos Aires:

Ciudad Bici", cuyo objetivo fue la ampliación de la red de ciclovías y bicisendas de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la determinación de calles o carriles

preferenciales, la integración de las redes de ciclovías y bicisendas en los barrios de la

referida Ciudad y la promoción de la intermodalidad con otros medios de transporte,

promoviendo el ciclismo urbano y la incorporación de nuevos usuarios a la

infraestructura existente;

Que en este sentido, mediante el informe N° IF-2023-34243146-GCABA-DGGSM,

tomó intervención la Dirección General Gestión de Servicios de la Movilidad,

dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, de esta Secretaría de

Transporte, considerando necesaria la promoción de políticas que estimulen el uso de

la bicicleta en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; impulsando, a su

vez, soluciones de estacionamiento seguro, mediante los materiales antivandálicos

que componen el dispositivo en zonas de alta densidad poblacional y/o comercial;

Que en esa misma línea, y teniendo en miras el reforzamiento del desarrollo de la

bicicleta de un modo estructurante en materia de movilidad urbana en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, se requiere continuar con las políticas existentes de

pacificación del tránsito y de desarrollo; así como también, de mejora de la red de vías

de circulación protegida, planteando nuevas políticas, como ser soluciones de

estacionamiento o el uso de bicicletas en la logística de la última milla;

Que consecuentemente, la citada Dirección General, considera necesaria la

promoción de la referida "Prueba Piloto", a efectos de facilitar la obtención de datos e

información que permitan evaluar y analizar la forma en la que dicho servicio se

integra e interactúa con los demás servicios y actores que operan en la movilidad

dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pudiendo analizar la

conveniencia, o no, de su promoción; y contar con los datos, herramientas, e

información, necesarias para continuar adoptando medidas que garanticen el

transporte sustentable y seguro en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en este sentido, la incorporación de los bicicleteros inteligentes en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la referida "Prueba Piloto", acompaña

la visión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, relativa a la creación

de políticas públicas que mejoren la movilidad, como ser: la extensión de ciclovías, la

promoción del uso de la bicicleta como transporte saludable y respetuoso con el medio

ambiente, y como método alternativo y complementario de transporte para reducir los

niveles de congestión de tránsito, el incentivo del uso de las bicicletas como medio de

transporte sustentable, ecológico, y beneficioso para la salud de los/as usuarios/as,

entre otros, subrayando que la falta de guardado actual constituye, en muchos

supuestos, un obstáculo para el uso masivo de dicho medio de transporte;

Que para la concreción de la aludida "Prueba Piloto", resulta necesario convocar

públicamente a los interesados en participar de la misma, ofreciendo el servicio de

bicicleteros inteligentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un

todo de acuerdo con las Bases y Condiciones, que como Anexo (Informe N° IF-2024-

04247488-GCABA-DGGSM), forman parte integrante de la presente medida;

Que quien resulte Operador Autorizado para la prestación del servicio, deberá suscribir

un Contrato con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; así como

también, un Permiso de Uso, Precario y Oneroso;

Que el plazo de duración de la "Prueba Piloto" será de un (1) año, a contar desde el

día de la suscripción del Acta de Inicio que se realice con el primer Operador

Autorizado a prestar el servicio;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se reserva el derecho de

modificar la duración y/o el alcance de la denominada "Prueba Piloto", pudiendo

reducirlo; así como también, prorrogarlo por un (1) año más; todo ello, según las

evaluaciones que realice esta Secretaría en el marco de su desarrollo y mediante la

emisión del pertinente acto administrativo por parte de la autoridad competente a tales

efectos;

Que por medio de la Ley N° 6.684, se aprobaron Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al

Ministerio de Infraestructura;

Que mediante el Decreto N° 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dentro de las responsabilidades primarias de esta Secretaría de Transporte,

dependiente del Ministerio de Infraestructura, se encuentra la de: "Entender en el

diseño e implementación de las políticas para promover la movilidad saludable, en

ciclorodados o peatonal, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que en este sentido, desde la Secretaría de Transporte, se estudian, analizan,

proyectan y aplican políticas de movilidad sustentable y segura en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desarrollando una infraestructura urbana más

segura, efectuando un control más riguroso y realizando campañas de comunicación y

concientización en materia de transporte y seguridad vial;

Que el mencionado Decreto, N° 387/23, asigna a la Secretaría de Transporte,

dependiente del Ministerio de Infraestructura, las misiones y funciones que

anteriormente poseía la entonces Secretaría de Transporte y Obras Públicas como

Autoridad de Aplicación de la Ley N° 2.148 (texto consolidado por Ley N° 6.588);

Que la mencionada Ley, N° 2.148 (texto consolidado por Ley N° 6.588), en su artículo

1.1.4, inciso b), establece que la Autoridad de Aplicación tiene ciertas atribuciones, en

todos los casos con las limitaciones establecidas en la citada norma, entre las que se

encuentran la de dictar normas transitorias y experimentales en materia de tránsito y

transporte, así como toda otra norma reglamentaria o acto administrativo que

corresponda;

Que asimismo, en el Capítulo 1.3, del mismo cuerpo legal, se prevén las denominadas

"Pruebas Piloto", como aquellas que podrá disponer la Autoridad de Aplicación, a los

fines de evaluar la incorporación de nuevas modalidades de servicios, de acuerdo a

las condiciones y demás requisitos establecidos en dicha Ley;

Que la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, dependiente de esta Secretaría de

Transporte, ha tomado intervención en el ámbito de sus competencias sin formular

objeciones a la "Prueba Piloto" propiciada;

Que atendiendo el objeto de las presentes actuaciones, se ha dado intervención a la

Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los

fines de solicitar asesoramiento respecto al requerimiento de seguros y penalidades;

quien se ha pronunciado favorablemente en relación a la medida propiciada;

Que asimismo, oportunamente se dio intervención en el marco de sus competencias, a

la Dirección General de Evaluación Ambiental, dependiente de la Secretaría de

Ambiente, conforme consta en el órden 27 de las actuaciones mencionadas en el

Visto, quien manifestó: "Las tareas previstas para la materialización de la prueba piloto

en cuestión, no se encuentran contempladas en el Cuadro de Categorización de

Actividades, conforme Anexo I, de la normativa ambiental en vigencia, sin emabrgo,

tampoco se presumen como obras relevantes de infraestructura, según el Artículo 15

de la Ley N° 123; por lo tanto y dada su particular naturaleza, no ameritaría someterlas

al Procedimiento Técnico Administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental";

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado su

debida intervención en virtud de las previsiones de la Ley N° 1.218 (texto consolidado

por Ley N° 6.588).

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 387/23,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar las Bases y Condiciones destinadas a la realización de una

"Prueba Piloto para la Prestación del Servicio de Bicicleteros Inteligentes" en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con su Anexo (Permiso de Uso, Precario y

Oneroso, para la Prestación del Servicio de Bicicleteros Inteligentes en la Vía Pública),

que como Anexo (Informe N° IF-2024-04247488-GCABA-DGGSM), forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Designar como integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas a Sofía

Lugo, D.N.I. N° 94.609.040 y a Valeria Andrea Rodríguez, D.N.I. N° 38.634.781, por

parte de la Unidad Ejecutora N° 3134.

Artículo 3°.- Invitar a los interesados que deseen prestar el Servicio de Bicicleteros

Inteligentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a participar de la

"Prueba Piloto" prevista en las Bases y Condiciones a las que se alude en el artículo 1°

de esta Resolución, de acuerdo a las condiciones allí detalladas.

Artículo 4°.- Convocar a la presentación de propuestas para la "Prueba Piloto" para la

Prestación del Servicio de Bicicleteros Inteligentes en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, para el día 14 de febrero de 2024, a las 12:00 horas.

Artículo 5°.- La apertura de propuestas tendrá lugar en la Subsecretaría de Gestión de

la Movilidad, dependiente de esta Secretaría de Transporte, del Ministerio de

Infraestructura, sita en la Avenida Martín García N° 346, 5to. Piso, de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 6°.- Publicar el aviso de la convocatoria mencionada, en el artículo 3° de la

presente Resolución, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, por un plazo

mínimo de tres (3) días y un plazo máximo de nueve (9) días de anticipación.

Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad.

Articulo 7°.-Publicar la presente, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires; Notificar a la Dirección General Gestión de Servicios de la Movilidad, y a

la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, cumplido, archivar. Kogan


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6795

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución 2-SECT/24 aprueba las Bases y Condiciones destinadas a la realización de una Prueba Piloto para la Prestación del Servicio de Bicicleteros Inteligentes, en el marco de la Ley 6352.</p>
DEROGADA POR
<p>Articulo 1° de la Resolucion 14-SECT-25 deja sin efecto la Resolución 2-SECT-2024</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 4/SECT/24 prorroga  la fecha de convocatoria para la presentación de propuestas<br />para la Prueba Piloto para la Prestación del Servicio de Bicicleteros Inteligentes, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el día 6 de marzo de 2024, a las 12:00 horas, modificando la Resolución N° 2/SECT/24.</p>