RESOLUCIÓN 661 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
AUTORIZA - AL TITULAR DEL MINISTERIO DE SALUD - FACULTAD DE APROBAR GASTOS - - ENERO FEBRERO Y MARZO DE 2024 - GARANTIZAR EL ABASTECIMIENTO DE MEDICAMENTOS E INSUMOS MÉDICOS IMPRESCINDIBLES PARA EL FUNCIONAMIENTO HOSPITALARIO - HOSPITALES - MINISTERIO DE SALUD - PRESUPUESTO
Publicación:
30/01/2024
Sanción:
24/01/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 6684, el Decreto N° 433/16 y sus modificatorios, y el Expediente N°
5.094.214-GCABA-DGTALMHF-24, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 433/16 se establecieron los niveles de decisión y cuadro
de competencias complementarias correspondientes a los procedimientos de
ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la
Ciudad, de acuerdo al artículo 5° de la Ley N° 70;
Que conforme el Anexo I del Decreto N° 433/16, uno de los procedimientos de
ejecución presupuestaria es el de aprobación de gastos descentralizados
operativamente para los Hospitales de la Ciudad y demás efectores de Salud y para
las Jurisdicciones y Entidades, conforme puntos 4 y 5 del referido Anexo;
Que a través del artículo 2° del Decreto N° 342/21 se estableció que " ... En caso que
el funcionario considere que no pueda realizar la aprobación del gasto sin exceder
alguna de las competencias por monto establecidas en los puntos 4 y 5 del Anexo I del
presente Decreto, o que por cuestiones de celeridad, se hubiese encontrado en la
necesidad de contraer el gasto, el titular de la Jurisdicción o Entidad correspondiente
podrá solicitar al Ministro de Hacienda y Finanzas la autorización correspondiente, el
cual considerará dicha solicitud ponderando la oportunidad, mérito y conveniencia de
la prestación para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El titular de la
Jurisdicción o Entidad, o funcionario con rango de Secretario, podrá aprobar el gasto
cuando sea otorgada la precedente autorización por parte del Ministro de Hacienda y
Finanzas";
Que asimismo, a través del artículo 1° del Decreto N° 279/22, se actualizaron los
montos correspondientes a los cinco (5) procedimientos de ejecución presupuestaria
contemplados en el Anexo I del Decreto N° 433/16;
Que conforme la sanción de la Ley N° 6684, corresponde al Ministerio de Salud,
diseñar, planificar, ejecutar y controlar las políticas, planes y programas de promoción,
prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población, en el marco del
Sistema Único e Integrado de Salud, como así también, planificar y administrar los
recursos del Sistema de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Sra. Subsecretaria de Administración del Sistema de Salud por Nota N°
2920630-GCABA-SSASS-2024 informó, al Sr. Ministro de Salud, la situación de
abastecimiento de insumos médicos que se canalizan a través de las distintas
modalidades de contratación abordadas por la Jurisdicción;
Que señala que a partir del relevamiento diario que realiza la Dirección General de
Abastecimiento de Salud y de los reportes de hospitales, se han verificado faltantes en
entregas de antibióticos críticos y otros medicamentos por parte de las adquisiciones
que se canalizan a través de Órdenes de Compra Abierta;
Que del mismo modo expone que en el contexto económico actual, que mantiene una
tasa de inflación elevada para insumos hospitalarios, los proveedores presentan
dificultades en garantizar las provisiones en los niveles de consumo de los hospitales
del sistema;
Que en función de ello, esa instancia entiende necesario contar con un incremental en
la competencia de aprobación de gastos al amparo del Decreto N° 433/16 y sus
modificatorios, por la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000)
mensuales para el primer trimestre de 2024, que otorgue cobertura de abastecimiento
en la medida que se materializan otras acciones;
Que en consecuencia, en el marco de las prestaciones esenciales que deben
asegurarse, el titular del Ministerio de Salud, mediante Notas Nros. 3147712-GCABA-
MSGC-2024 y 3165930-GCABA-MSGC-2024, requiere una autorización para aprobar
gastos, en forma adicional a la facultad otorgada en el punto 5 del Anexo I del Decreto
N° 433/16 y sus modificatorios, por la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES
($ 300.000.000) mensuales, durante enero, febrero y marzo de 2024, para garantizar el
abastecimiento de medicamentos e insumos médicos imprescindibles para el
funcionamiento hospitalario, que no puedan canalizarse a través de los procedimientos
de compra contemplados en la Ley 2095 y sus modificatorias;
Que en el contexto descripto y siendo imprescindible garantizar con celeridad el
abastecimiento de medicamentos e insumos médicos, a fin de no generar
interrupciones en la cadena de aprovisionamiento, resulta necesario dictar el presente
acto administrativo procediendo a otorgar la autorización solicitada.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 342/21,
modificatorio del Decreto N° 433/16,
Artículo 1°.- Autorizar al titular del Ministerio de Salud, para aprobar gastos, en forma
adicional a la facultad otorgada en el punto 5 del Anexo I del Decreto N° 433/16 y sus
modificatorios, por la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000)
mensuales, durante enero, febrero y marzo de 2024, para garantizar el abastecimiento
de medicamentos e insumos médicos imprescindibles para el funcionamiento
hospitalario, que no puedan canalizarse a través de los procedimientos de compra
contemplados en la Ley 2095 y sus modificatorias.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Salud y a las Direcciones Generales de Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, remítase a la
Gerencia Operativa de Gestión Técnica de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Arengo Piragine