DECRETO 724 2000

Síntesis:

MODIFICA PARCIALMENTE EL DECRETO N° 2.361-99 - BO N° 854 - DESÍGNA AL ARQ. CARLOS MARTÍN BARRAGÁN COMO DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE LA DIRECCIÓN GENERAL HIGIENE URBANA

Publicación:

08/06/2000

Sanción:

18/05/2000

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 2.361-GCABA-99, el Expediente N° 2.798-2000; y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 10 de la norma mencionada en el visto, se suprimió la Dirección General Adjunta de la Dirección General Higiene Urbana, dependiente de la Subsecretaría Mantenimiento Urbano, de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos;

Que en la citada actuación, la mencionada Subsecretaría manifiesta que por la envergadura de las tareas que desarrolla dicha Dirección General, es necesario y conveniente que cuente con una Dirección General Adjunta, tal como oportunamente fue considerada en el Decreto N° 496-99;

Que por lo expuesto y a fin de regularizar la situación planteada, resulta necesario dejar sin efecto a partir del 1° de enero de 2000 el artículo 10 del Decreto N° 2.361-GCABA-99, (B.O. N° 854);

Que a tal efecto procede proyectar el acto administrativo que lo convalide;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Modifícase parcialmente el Decreto N° 2.361-GCABA-99 (B.O. N° 854), dejando sin efecto a partir del 1° de enero de 2000 su artículo 10, restableciendo desde la fecha indicada la Dirección General Adjunta de la Dirección General Higiene Urbana dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, área de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

Art. 2° Desígnase a partir del 1° de enero de 2000, al Arquitecto Carlos Martín Barragán, D.N.I. N° 04.430.699, CUIL 23-04430699-9, Ficha N° 189.418, como Director General Adjunto de la Dirección General Higiene Urbana, dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, partida 3037.0000.S.98 A.02, percibiendo el adicional correspondiente al nivel asignado del Suplemento por Función Ejecutiva aprobado por Decreto N° 861/93, reteniendo sin percepción de haberes la partida 3037.0000.C.03.203 de la citada Dirección General.

Art. 3° La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de cumplimentar lo dispuesto en la presente norma.

Art. 4° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas.

Art. 5° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano y a las Direcciones Generales de Evaluación y Organización Institucional, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.

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