DECRETO 94 2024
Síntesis:
MODIFICA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y OBJETIVOS - DIRECCIÓN GENERAL ASUNTOS JURÍDICOS Y RECURSOS HUMANOS - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - DIRECCIÓN GENERAL DEPORTE SOCIAL Y DESARROLLO DEPORTIVO - SECRETARÍA DE DEPORTES - VIGENCIA: A PARTIR DEL 1° DE FEBRERO DE 2024
Publicación:
07/02/2024
Sanción:
06/02/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6684, los Decretos N° 684/09 y modificatorios, y 387/23 y
modificatorios, el Expediente Electrónico N° 5144172-GCABA-DGAJRH/24, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico de creación de nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que mediante Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de
Dirección General;
Que el artículo 5° del Decreto N° 387/23 estableció que los cargos del Régimen
Gerencial existentes a la fecha fijada en el artículo 1°, permanecerán vigentes hasta
tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada
jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Hacienda y Finanzas realice las modificaciones
de designaciones de personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del
mencionado Decreto;
Que en función de lo expuesto, y atento a razones operativas, deviene necesario
modificar el Régimen Gerencial correspondiente a la Secretaría de Deportes de la
Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que, de acuerdo a la gestión de gobierno, resulta conveniente modificar la estructura
de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de febrero de 2024, la estructura organizativa de
la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2024-06210452-GCABA-
MJGGC) y II (Responsabilidades primarias y Objetivos) (IF-2024-06210503-GCABA-
MJGGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto,
quedando parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.
Artículo 2°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General Asuntos
Jurídicos y Recursos Humanos de la Subsecretaría de Coordinación Técnica,
Administrativa y Legal, y de la Dirección General Deporte Social y Desarrollo Deportivo
de la Secretaría de Deportes, ambas dependientes de la Jefatura de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3° La Dirección General Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos de la
Subsecretaría de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal dependiente la Jefatura
de Gabinete de Ministros deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría
de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas la asignación
de la dotación de la Jurisdicción a las distintas Gerencias y Subgerencias Operativas,
en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro Hacienda y
Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de
Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos remítase a Dirección General
Asuntos Jurídicos y Recursos Humanos de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Cumplido, archívese. MACRI - Arengo Piragine - Grindetti