RESOLUCIÓN 4 2024 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

RECTIFICA - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 3-MJGGC/24 - UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS A LAS DISTINTAS JURISDICCIONES - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

14/02/2024

Sanción:

06/02/2024

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: La Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires,

aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97- (texto consolidado por

Ley N° 6.588), la Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, las

Resoluciones de firma conjunta N° 1/MJGGC/24 y su modificatoria N° 3/MJGGC/24 y

el Expediente Electrónico N° 06355619-GCABA-DGDSCIV/24, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario

de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y

el 31 de diciembre de 2024;

Que mediante el artículo 11 se estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y

Finanzas y al señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la

cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que

correspondan;

Que en tal sentido por Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/24 el señor Ministro de

Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta,

asignaron Unidades Retributivas Extraordinarias a las distintas jurisdicciones para el

período comprendido entre el 1° de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024;

Que posteriormente, mediante Resolución Conjunta N° 3/MJGGC/24, se sustituyó a

partir del 1 de enero de 2024 el Anexo IF-2024- 03645881-GCABA-DGDSCIV por el

Anexo IF-2024-5306087-GCABA-DGSCIV, quedando parcialmente modificada la

Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/24;

Que se incurrió en un error material en la asignación de la cantidad de Unidades

Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones detalladas en el Anexo IF-2024-

5306087-GCABA-DGSCIV de la Resolución Conjunta N° 3/MJGGC/24;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires indica que en cualquier momento podrán rectificarse los errores

meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere

lo sustancial del acto o decisión;

Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que rectifique el error en

que se ha incurrido.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 387/23,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Rectificar, el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 3/MJGGC/24, el que

quedará redactado de la siguiente manera: "Sustituir, a partir del 1 de enero de 2024,

el Anexo identificado como IF-2024- 03645881-GCABA-DGDSCIV de la Resolución

Conjunta N° 1/MJGGC/24 por el Anexo identificado como IF-2024-06356011-GCABA-

DGDSCIV, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución."

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Jurisdicciones individualizadas en el Anexo detallado en la

presente, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas; y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio

de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6813

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 4-MJGGC-MHFGC/24 modifica la Resolución conjunta N° 1- MJGGC/24 modificada por la Resolución Conjunta N° 3-MJGGC-MHFGC/24.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 4-MJGGC-MHFGC/24 rectifica el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 3-MJGGC-MHFGC/24.</p>