RESOLUCIÓN 1 2024 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
ESTABLECE - CANTIDAD DE UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - ASIGNADAS A LAS JURISDICCIONES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MINISTERIO DE CULTURA - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIO SEGURIDAD - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SECRETARÍA GENERAL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - VICEJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1° DE ENERO DE 2024 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2024
Publicación:
17/01/2024
Sanción:
12/01/2024
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
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VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, y el Expediente
Electrónico N° 03648350-GCABA-DGDSCIV/24, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario
de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y
el 31 de diciembre de 2024;
Que mediante el artículo 11 se estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y
Finanzas y al señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la
cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que
correspondan;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo que asigne
la cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias asignadas a las diferentes
jurisdicciones, por el período comprendido entre el 1° de enero de 2024 y el 31 de
diciembre de 2024.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 387/23,
Artículo 1°.- Establecer la cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias asignadas
a las jurisdicciones detalladas en el Anexo (IF-2024-03645881-GCABA-DGDSCIV),
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución, por el
período comprendido entre el 1° de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a los Ministerios, Secretarías del Poder
Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio
de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Arengo Piragine - Arengo Piragine
p/p