RESOLUCIÓN 17 2024 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SUSTITUYE - ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1-MJGGC/24 - UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - JURISDICCIONES - SECRETARÍA - UR - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - JEFE DE GOBIERNO - MINISTERIO DE CULTURA - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIO DESARROLLO ECONÓMICO - MINISTERIO SEGURIDAD - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - SECRETARÍA DE BIENESTAR INTEGRAL - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN - SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SECRETARÍA GENERAL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - VICEJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - INSTITUTO DE LA VIVIENDA - AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIÓN - A PARTIR DEL 1° DE SEPTIEMBRE DE 2024

Publicación:

09/10/2024

Sanción:

03/10/2024

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, las Resoluciones de

firma conjunta N° 1/MJGGC/24 y su modificatoria N° 16/MJGGC/24 y el Expediente

Electrónico N° 36976711-GCABA-DGDSCIV/24, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario

de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y

el 31 de diciembre de 2024;

Que mediante el artículo 11 se estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y

Finanzas y al señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la

cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que

correspondan;

Que, en tal sentido, por la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/24 y su modificatoria, el

señor Ministro de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros, en

forma conjunta, asignaron Unidades Retributivas Extraordinarias a las distintas

jurisdicciones para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de

diciembre de 2024;

Que posteriormente, con el objeto de reorganizar las responsabilidades primarias de

las Unidades Organizativas se realizaron modificaciones de la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que conforme lo expuesto, es menester sustituir el Anexo (IF-2024-33686228-

GCABA-DGDSCIV) de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/24, por el Anexo (IF-

2024-36977323-GCABA-DGDSCIV), a fin de readecuarla a la nueva estructura;

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo

correspondiente.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 387/23,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Sustituir, a partir del 1° de septiembre de 2024, el Anexo identificado como

IF-2024-33686228-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/24 por

el Anexo identificado como IF-2024-36977323-GCABA-DGDSCIV.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a

los Ministerios, Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad

de Buenos Aires, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a

la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes

del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remitir

al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6975

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta 17- MHFGC/MJGGC/24 sustituye, a partir del 1° de septiembre de 2024, el Anexo de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/24.</p>