RESOLUCIÓN 8 2024 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

RECTIFICA ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 7-MJGGC-24 - SUSTITUYE ANEXO - UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - MINISTERIOS - HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

15/04/2024

Sanción:

09/04/2024

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: La Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires,

aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97- (texto consolidado por

Ley N° 6.588), la Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, las

Resoluciones de firma conjunta N° 1/MJGGC/24 y su modificatoria N° 7/MJGGC/24 y

el Expediente Electrónico N° 12717366-GCABA-DGDSCIV/24, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario

de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y

el 31 de diciembre de 2024;

Que mediante el artículo 11 se estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y

Finanzas y al señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la

cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que

correspondan;

Que en tal sentido por Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/24 el señor Ministro de

Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta,

asignaron las Unidades Retributivas Extraordinarias a las distintas jurisdicciones para

el período comprendido entre el 1° de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024;

Que posteriormente, mediante Resolución Conjunta N° 7/MJGGC/24, se sustituyó, a

partir del 1° de marzo de 2024, el Anexo identificado como IF-2024-08092351-GCABA-

DGDSCIV de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/24, por el Anexo identificado como

IF-2024-11556912-GCABA-DGDSCIV;

Que se incurrió en un error material en la asignación de la cantidad de Unidades

Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones detalladas en el Anexo IF-2024-

11556912-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta N° 7/MJGGC/24;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires indica que en cualquier momento podrán rectificarse los errores

meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere

lo sustancial del acto o decisión;

Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que rectifique el error en

que se ha incurrido.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 387/23,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Rectificar, el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 7/MJGGC/24, el que

quedará redactado de la siguiente manera: "Sustituir, a partir del 1° de marzo de 2024,

el Anexo identificado como IF-2024-08092351-GCABA-DGDSCIV de la Resolución

Conjunta N° 1/MJGGC/24 por el Anexo identificado como IF-2024- 12718981-GCABA-

DGDSCIV".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Jurisdicciones individualizadas en el Anexo detallado en la

presente, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas; y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio

de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 8-MJGGC-MHYFGC/24 rectifica el artículo 1° de la Resolución Conjunta 7-MJGGC-MHYFGC/24, modificatoria de la Resolución 1-MJGGC-MHYFGC/24.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 8-MJGGC-MHYFGC/24 rectifica el artículo 1° de la Resolución Conjunta 7/MJGGC-MHYFGC/24.</p>