RESOLUCIÓN 8 2024 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
RECTIFICA ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 7-MJGGC-24 - SUSTITUYE ANEXO - UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - MINISTERIOS - HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
15/04/2024
Sanción:
09/04/2024
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO: La Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires,
aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97- (texto consolidado por
Ley N° 6.588), la Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, las
Resoluciones de firma conjunta N° 1/MJGGC/24 y su modificatoria N° 7/MJGGC/24 y
el Expediente Electrónico N° 12717366-GCABA-DGDSCIV/24, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario
de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y
el 31 de diciembre de 2024;
Que mediante el artículo 11 se estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y
Finanzas y al señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la
cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que
correspondan;
Que en tal sentido por Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/24 el señor Ministro de
Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta,
asignaron las Unidades Retributivas Extraordinarias a las distintas jurisdicciones para
el período comprendido entre el 1° de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024;
Que posteriormente, mediante Resolución Conjunta N° 7/MJGGC/24, se sustituyó, a
partir del 1° de marzo de 2024, el Anexo identificado como IF-2024-08092351-GCABA-
DGDSCIV de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/24, por el Anexo identificado como
IF-2024-11556912-GCABA-DGDSCIV;
Que se incurrió en un error material en la asignación de la cantidad de Unidades
Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones detalladas en el Anexo IF-2024-
11556912-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta N° 7/MJGGC/24;
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires indica que en cualquier momento podrán rectificarse los errores
meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere
lo sustancial del acto o decisión;
Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que rectifique el error en
que se ha incurrido.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 387/23,
Artículo 1°.- Rectificar, el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 7/MJGGC/24, el que
quedará redactado de la siguiente manera: "Sustituir, a partir del 1° de marzo de 2024,
el Anexo identificado como IF-2024-08092351-GCABA-DGDSCIV de la Resolución
Conjunta N° 1/MJGGC/24 por el Anexo identificado como IF-2024- 12718981-GCABA-
DGDSCIV".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Jurisdicciones individualizadas en el Anexo detallado en la
presente, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas; y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio
de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Arengo Piragine - Grindetti