DECRETO 574 2005
Síntesis:
PROMULGA LEY 1665
Publicación:
10/05/2005
Sanción:
03/05/2005
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 1.665, la que con su Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, fue sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 7 de abril de 2005 (Expediente N° 19.619/05). Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Subsecretaría de Justicia y Trabajo y pase a las Secretarías de Infraestructura y Planeamiento y de Seguridad a los fines de sus respectivas competencias.
El presente decreto es refrendado por los señores Secretarios de Infraestructura y Planeamiento, de Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete. IBARRA - Feletti - Gorgal - Fernández