DECRETO 113 2024
Síntesis:
MODIFICA - DECRETO N° 209/19 - DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN - U ORGANISMO QUE EN EL FUTURO LA REEMPLACE - LEY N° 6163 - RÉGIMEN DE PATROCINIO - ACTIVIDAD PUBLICITARIA
Publicación:
20/02/2024
Sanción:
16/02/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 6.163 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los
Decretos Nros. 209/19 y su modificatorio 99/22, el Expediente Electrónico N°
07422575-GCABA-AJG/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.163 creó el Régimen de Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, con el objeto de propiciar la participación de personas humanas o jurídicas de
carácter privado en el Sector Público de la Ciudad, como una actividad publicitaria
específicamente regulada conforme los términos del artículo 1° de la Ley N° 2.936;
Que la mencionada Ley, entiende como patrocinio al aporte económico de carácter no
tributario que realicen las personas humanas o jurídicas de carácter privado en
contraprestación a la difusión del nombre, denominación, marca, imagen, productos
y/o servicios del patrocinador en sedes, instalaciones, programas, actividades y/o
eventos públicos, entre otros, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la citada norma, establece en el artículo 7° que el Poder Ejecutivo designará a la
Autoridad de Aplicación del Régimen de Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 99/22 se modificó el artículo 1° del Decreto N° 209/19 y se
designó al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción como Autoridad de
Aplicación de la citada Ley;
Que, por otra parte, por la Ley N° 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual contempló a la Secretaría
de Comunicación y le fijó entre sus objetivos, el de promover y entender en los
convenios de patrocinio que se realicen en los términos de la Ley 6163, en
coordinación con las áreas competentes;
Que, teniendo en miras la mejora en la eficiencia y la eficacia de la gestión como
objetivos primordiales que guían la adopción de las políticas públicas por parte de esta
Administración, lo cual se traduce en el dinamismo de su estructura organizativa,
adaptable a los fines de acompañar la consecución de aquellos, resulta conveniente
modificar la Autoridad de Aplicación designada para el régimen aludido;
Que, en virtud de ello y de las competencias otorgadas a la Secretaría de
Comunicación, se propicia por el presente sustituir el artículo 1° del Decreto N° 209/19,
con el objeto de designar a dicha Secretaria, u organismo que en un futuro lo
reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.163;
Que conforme lo expresado corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Sustituir el artículo 1° del Decreto N° 209/19, el que quedará redactado de
la siguiente manera: "Artículo 1°.- Designar a la Secretaría de Comunicación, u
organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley N°
6.163.".
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Secretaría de Comunicación para su conocimiento y demás efectos.
Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti