DECRETO 113 2024

Síntesis:

MODIFICA - DECRETO N° 209/19 - DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN - U ORGANISMO QUE EN EL FUTURO LA REEMPLACE - LEY N° 6163 - RÉGIMEN DE PATROCINIO - ACTIVIDAD PUBLICITARIA

Publicación:

20/02/2024

Sanción:

16/02/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 6.163 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los

Decretos Nros. 209/19 y su modificatorio 99/22, el Expediente Electrónico N°

07422575-GCABA-AJG/24, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.163 creó el Régimen de Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, con el objeto de propiciar la participación de personas humanas o jurídicas de

carácter privado en el Sector Público de la Ciudad, como una actividad publicitaria

específicamente regulada conforme los términos del artículo 1° de la Ley N° 2.936;

Que la mencionada Ley, entiende como patrocinio al aporte económico de carácter no

tributario que realicen las personas humanas o jurídicas de carácter privado en

contraprestación a la difusión del nombre, denominación, marca, imagen, productos

y/o servicios del patrocinador en sedes, instalaciones, programas, actividades y/o

eventos públicos, entre otros, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la citada norma, establece en el artículo 7° que el Poder Ejecutivo designará a la

Autoridad de Aplicación del Régimen de Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que por Decreto N° 99/22 se modificó el artículo 1° del Decreto N° 209/19 y se

designó al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción como Autoridad de

Aplicación de la citada Ley;

Que, por otra parte, por la Ley N° 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual contempló a la Secretaría

de Comunicación y le fijó entre sus objetivos, el de promover y entender en los

convenios de patrocinio que se realicen en los términos de la Ley 6163, en

coordinación con las áreas competentes;

Que, teniendo en miras la mejora en la eficiencia y la eficacia de la gestión como

objetivos primordiales que guían la adopción de las políticas públicas por parte de esta

Administración, lo cual se traduce en el dinamismo de su estructura organizativa,

adaptable a los fines de acompañar la consecución de aquellos, resulta conveniente

modificar la Autoridad de Aplicación designada para el régimen aludido;

Que, en virtud de ello y de las competencias otorgadas a la Secretaría de

Comunicación, se propicia por el presente sustituir el artículo 1° del Decreto N° 209/19,

con el objeto de designar a dicha Secretaria, u organismo que en un futuro lo

reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.163;

Que conforme lo expresado corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sustituir el artículo 1° del Decreto N° 209/19, el que quedará redactado de

la siguiente manera: "Artículo 1°.- Designar a la Secretaría de Comunicación, u

organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley N°

6.163.".

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Secretaría de Comunicación para su conocimiento y demás efectos.

Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 113/24 sustituye el Artículo 1° del Decreto N° 209/19.</p>