DECRETO 120 2024
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE JUSTICIA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y OBJETIVOS - DIRECCIONES GENERALES ASUNTOS REGISTRALES Y MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS - SUBSECRETARÍA DE REGISTRO Y MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS - SECRETARÍA DE JUSTICIA
Publicación:
23/02/2024
Sanción:
22/02/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, el Expediente
Electrónico N° 07978422-GCABA-MJGC 24, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando, entre otros, al Ministerio de Justicia;
Que mediante Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de
Dirección General;
Que, de acuerdo a la gestión de gobierno, resulta conveniente modificar la estructura
del Ministerio de Justicia;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de febrero de 2024, la estructura organizativa del
Ministerio de Justicia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de
acuerdo con los Anexos I (Organigrama) (IF-2024-07926466-GCABA-MJGC) y II
(Responsabilidades Primarias y Objetivos) (IF-2024-07933358-GCABA-MJGC), los
que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto, quedando
parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.
Artículo 2°.- Modificar las responsabilidades primarias de las Direcciones Generales
Asuntos Registrales, y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, y de la
Subsecretaría de Registro y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos
respectivamente, todas dependientes de la Secretaría de Justicia del Ministerio de
Justicia.
Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Justicia,
de Hacienda y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de
Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas, y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de
Justicia. Cumplido, archívese. MACRI - Tapia - Arengo Piragine - Grindetti