DECRETO 122 2024

Síntesis:

MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y OBJETIVOS - DIRECCIÓN GENERAL COMPETENCIAS COMUNALES Y TALLERES - DIRECCIÓN GENERAL ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS DESCONCENTRADOS - DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR - SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS AL CIUDADANO - CREA - DIRECCIÓN GENERAL MONITOREO Y SIMPLIFICACIÓN DE PROCESOS - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PÚBLICOS TERRITORIALES - DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES CON LA COMUNIDAD - SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN Y FORTALECIMIENTO TERRITORIAL - DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIACIÓN Y CONVIVENCIA VECINAL - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PÚBLICOS TERRITORIALES

Publicación:

26/02/2024

Sanción:

23/02/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, el Expediente

Electrónico N° 07981467-GCABA-SECGV/24, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Secretaría de Gobierno y Vínculo

Ciudadano;

Que mediante Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de

Dirección General;

Que, de acuerdo a la gestión de gobierno, resulta conveniente modificar la estructura

de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1° de febrero de 2024, la estructura organizativa de

la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) ((IF 2024-7943507-GCABA-

SECGVC) y II (Responsabilidades primarias y Objetivos) (IF- 2024-7943739-GCABA-

SECGVC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto,

quedando parcialmente modificado el Decreto N° 387/23.

Artículo 2°.- Crear la Dirección General Monitoreo y Simplificación de Procesos

dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Públicos Territoriales de la Secretaría de

Gobierno y Vínculo Ciudadano.

Artículo 3°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General

Competencias Comunales y Talleres dependiente de la Secretaría de Gobierno y

Vínculo Ciudadano, y de las Direcciones Generales Atención Ciudadana y Servicios

Desconcentrados, y de Defensa y Protección al Consumidor ambas dependientes de

la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano de la Secretaría de Gobierno y Vínculo

Ciudadano.

Artículo 4°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General

Relaciones con la Comunidad y de la Subsecretaría de Articulación y Fortalecimiento

Territorial ambas dependientes de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano.

Artículo 5°.- Modificar las responsabilidades primarias de la Dirección General de

Mediación y Convivencia Vecinal y de la Subsecretaría de Asuntos Públicos

Territoriales respectivamente, ambas dependientes de la Secretaría de Gobierno y

Vínculo Ciudadano.

Artículo 6°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de

Haberes, y Desarrollo del Servicio Civil todas dependientes del Ministerio de Hacienda

y Finanza. Para su conocimiento y demas efectos remitase a la Secretaría de

Gobierno y Vínculo Ciudadano Cumplido, archívese. MACRI - Arengo Piragine -

Grindetti


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Articulo 1° del Decreto N° 122/24 modifica, a partir del 1° de febrero de 2024, la estructura organizativa de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, quedando modificado el Decreto N° 387/23.</p>