DECRETO 125 2024
Síntesis:
TRANSFIERE EJECUCIÓN - PROGRAMA BA PRODUCCIONES INTERNACIONALES A LA ÓRBITA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - SUSTITUYE TEXTO ARTÍCULO 2° DECRETO N° 175-22 - DESIGNA COMO AUTORIDAD DE APLICACIÓN AL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Publicación:
27/02/2024
Sanción:
26/02/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6684, el Decreto N° 175/22, el Expediente Electrónico N° 06595630-
GCABA-DGICAS/24, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 175/22 se creó, bajo la órbita del Ministerio de Cultura, el
Programa "BA Producciones Internacionales", cuyo objetivo fundamental es incentivar
las producciones audiovisuales internacionales y fomentar la promoción de la Ciudad a
escala internacional como set de filmación y como punto de interés turístico,
ajustándose su funcionamiento a los lineamientos generales detallados en el Anexo I
de dicha norma;
Que, asimismo, por el artículo 2° del mencionado Decreto, se designó al Ministerio de
Cultura o al organismo que en el futuro lo reemplace como Autoridad de Aplicación del
Programa "BA Producciones Internacionales";
Que por Ley N° 6684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Desarrollo Económico;
Que el artículo 23 de la mencionada Ley establece que al Ministerio de Desarrollo
Económico le corresponde asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente a sus
competencias de acuerdo con los objetivos allí contemplados, entre los que se
encuentran los de entender y diseñar políticas tendientes a promocionar el desarrollo
económico integral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fomentar la actividad
productiva y sustentable en áreas estratégicas como así también, elaborar políticas e
instrumentar proyectos y programas orientados al desarrollo, promoción y fomento de
pequeñas y medianas empresas;
Que, atento las responsabilidades asignadas y el cambio de gestión, con la finalidad
de dar continuidad y permitir el mejor desenvolvimiento del programa "BA
Producciones Internacionales", resulta oportuno y conveniente designar al mencionado
Ministerio de Desarrollo Económico como su Autoridad de Aplicación;
Que, conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Transferir la ejecución del Programa "BA Producciones Internacionales",
creado mediante el Decreto N° 175/22, a la órbita del Ministerio de Desarrollo
Económico.
Artículo 2°.- Sustituir el texto del artículo 2° del Decreto N° 175/22 por el siguiente:
"Artículo 2°.- Designar como Autoridad de Aplicación del Programa creado por el
Decreto N° 175/22 al Ministerio de Desarrollo Económico o al organismo que en el
futuro lo reemplace."
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a los Ministerios de Hacienda y Finanzas y Cultura, y para su
conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Desarrollo Económico.
Cumplido, archívese. MACRI - García Moritán - Grindetti