RESOLUCIÓN 18 2024 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

PRORROGA - POR 6 MESES - RESOLUCIÓN N° 43-FG-2020 - INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL EN SEGUNDA INSTANCIA - VIOLENCIA DE GÉNERO - FISCALÍAS DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADAS NROS. 16, 18, 27 Y 32 - CORRESPONDERÁ - FISCALÍA DE CÁMARA ESPECIALIZADA EN FALTAS CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO Y LESIONES CULPOSAS EN TRÁNSITO - CORONAVIRUS - PANDEMIA - COVID

Publicación:

08/03/2024

Sanción:

29/02/2024

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, las potestades de administración y funcionamiento de la Ley N° 1903 -Orgánica

del Ministerio Público-, y las Resoluciones FG Nros. 43/2020, 85/2020, 8/2021,

69/2021, 13/2022 y 11/2023; y

CONSIDERANDO:

Que, en ejercicio de las facultades que le son propias como titular de uno de los

ámbitos del Ministerio Público, corresponde al Fiscal General -entre otras cuestiones-

realizar las reasignaciones del personal de acuerdo a las necesidades del servicio y

fijar normas de carácter general tendientes a regular la distribución interna del trabajo

(cf. artículo 22, inciso 7 y artículo 31, inciso 4 de la Ley N° 1903).

Que, en ese marco, a través de la Resolución FG N° 43/2020 se dispuso que la

Fiscalía de Cámara Especializada en lo Penal, Contravencional y de Faltas, a cargo de

la Dra. Sandra Verónica Guagnino, tome intervención en segunda instancia en los

casos contextualizados en violencia de género que tramitan ante las Fiscalías de

Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nros. 16, 18, 27 y 32;

medida que fue prorrogada sucesivamente a través de las Resoluciones FG Nros.

85/2020, 8/2021, 69/2021, 13/2022 y 11/2023. Vale señalar, incluso, que mediante la

Resolución FG N° 111/2022 la intervención de la mentada Fiscalía de Cámara

Especializada se amplió también a los casos que tramitan ante las Fiscalías de

Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nros. 23 y 28.

Que, al respecto, con el objeto de brindar continuidad a la labor que viene

desarrollando la Fiscalía de Cámara Especializada en lo Penal, Contravencional y de

Faltas, entiendo que corresponde prorrogar nuevamente los términos del artículo 1° de

la Resolución FG N°43/2020, desde el 1° de marzo de 2024 y por el plazo de seis (6)

meses.

Que, tomó debida intervención el Departamento de Asuntos Jurídicos, mediante la

emisión del Dictamen DAJ N° 331/2024, no efectuando observaciones de índole

jurídico a la suscripción del presente acto administrativo.

Por ello, y de conformidad con las potestades atribuidas en la Constitución de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Ley N° 1903,

EL FISCAL GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrogar los términos del artículo 1° de la Resolución FG N° 43/2020

desde el 1° de marzo de 2024 y por el término de seis (6) meses, en orden a lo

expuesto en los considerandos de la presente resolución.

Artículo 2°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires; notifíquese a la Sra. Titular de la Fiscalía de Cámara

Especializada en lo Penal, Contravencional y de Faltas; y comuníquese al Tribunal

Superior de Justicia, al Consejo de la Magistratura, a la Cámara de Apelaciones en lo

Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas -y por su intermedio, a los/as

Sres./as. Jueces/zas de primera instancia del fuero-, a la Defensoría General, a la

Asesoría General Tutelar, a los/as Sres./as. Secretarios/as Generales, a la Secretaría

de Coordinación Administrativa, a la Oficina de Recursos Humanos, a la Oficina Legal

y Técnica, y a los restantes integrantes del Ministerio Público Fiscal. Cumplido,

archívese. Mahiques

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 18/FG/2024 prorroga los términos del  Art. 1 de la Resolución N° 43/FG/2020 desde el 1° de marzo de 2024 y por el término de seis (6) meses.</p>