RESOLUCIÓN 34 2005 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Síntesis:

SOLICITA AL JEFE DE GOBIERNO INFORMACIÓN SOBRE CONTRATOS DE CONCESIÓN DE PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO - CONCESIONES

Publicación:

27/05/2005

Sanción:

16/05/2005

Organismo:

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS


Visto los arts. 46, 48 ,132 y 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, el Expediente N° 130-EURSPCABA/05, y

CONSIDERANDO:

Que, los arts. 46 y 48 de la Constitución de la Ciudad establecen que la ciudad garantiza la defensa de los consumidores y usuarios de bienes y servicios en su relación de consumo debiendo las autoridades proveer a la defensa de la competencia contra toda actividad destinada a distorsionarla controlando la calidad y eficiencia de los servicios públicos;

Que, el art. 138 de la Constitución de la Ciudad crea el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, instituido en el ámbito del Poder Ejecutivo con autarquía e independencia funcional propia, estableciendo que ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la Administración Central y Descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;

Que, mediante la Ley N° 210 se reglamentó el art. 138 citado estableciendo que uno de los servicios públicos bajo su control es el estacionamiento por concesión siendo función del Ente, entre otras, controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones;

Que, el ejercicio eficaz y eficiente de la función de control requiere operar de manera coordinada con las autoridades intervinientes en la gestión;

Que, el Área de Servicios Públicos en la Vía Pública de este organismo informó por Memorandum N° 2-ASPVP/05 y Memorandum N° 3-ASPVP/05, ambos obrantes en el Expediente N° 130/EURSPCABA/05, que los plazos de los contratos de concesión de las playas de estacionamiento, playa de estacionamiento subterránea E-10 Parque Chacarita, playa de estacionamiento subterránea E-12 Av. Corrientes 436, playa de estacionamiento subterránea E-19 Plaza Libertad, playa de estacionamiento subterránea Obelisco Norte y Sur, playa de estacionamiento Subterránea Plaza Italia, playa de estacionamiento Alcorta y Julio González a nivel y playa de estacionamiento Alcorta y Libres del Sur a nivel, se encuentran vencidos, sin tener hasta la fecha este organismo, conocimiento de prórroga expresa u otorgamiento de nueva concesión;

Que, tales contratos de concesión de un servicio público no pueden permanecer vencidos;

Que, el régimen jurídico de prestación de un servicio público se configura sobre las bases contractuales y sobre determinados principios generales del derecho, como el de la continuidad del servicio público, el cual se desprende de la naturaleza de la propia actividad que hay que satisfacer, principio conforme el cual el servicio público ha de prestarse sin interrupciones. Por lo que es cierto que, tratándose de un servicio público, mientras se siga considerando como tal debe garantizarse su prestación;

Que, empero, la continuidad no puede confundirse con la prolongación sine die en la operación de un servicio por parte de un concesionario con contrato vencido ya que elementales razones que hacen al interés público y al de los usuarios aconsejan tomar determinaciones respecto a como va a continuar la prestación sin privilegios discriminatorios o anticompetitivos;

Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° - Solicitar al señor Jefe de Gobierno informe el estado actual de los contratos de concesión de las playas de estacionamiento que se detallan a continuación y que a la fecha se hallan con su plazo original de explotación vencido:

a) Playa de estacionamiento subterránea E-10 Parque Chacarita.

b) Playa de estacionamiento subterránea E-12 Av. Corrientes 436.

c) Playa de estacionamiento subterránea E-19 Plaza Libertad

d) Playa de estacionamiento subterránea Obelisco Norte y Sur.

e) Playa de estacionamiento subterránea Plaza Italia.

f) Playa de estacionamiento Alcorta y Julio González a nivel.

g) Playa de estacionamiento Alcorta y Libres del Sur a nivel.

Artículo 2° - Solicitar al señor Jefe de Gobierno informe si existe prórroga expresa de los referidos contratos de concesión, y de existir, ordene la remisión de dicha documentación a este Ente en término perentorio.

Artículo 3° - Requerir al señor Jefe de Gobierno arbitre los medios necesarios a fin de normalizar el cumplimiento del marco jurídico que regula la actual explotación de las playas de estacionamiento citadas, de modo que los concesionarios con contrato vencido procedan a entregar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la totalidad de los predios comprendidos en las diferentes concesiones, con todas sus construcciones e instalaciones en condiciones de buen uso y mantenimiento, de forma tal que la ciudad pueda continuar ininterrumpidamente con la prestación del servicio público por sí o por terceros.

Artículo 4° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Gerencia General y a la Gerencia de Control de Calidad. Cumplido, archívese. Campolongo - Barrea de Ruiz - Schiavi - Balbi - García Buitrago

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