RESOLUCIÓN 56 2024 SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO URBANO

Síntesis:

AUTORIZA - EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL - FIAB - DE TIPO ORGÁNICO O ESPECIAL N° 33 - SABE LA TIERRA - HIPÓLITO YRIGOYEN DEL 4400 AL 4500 - PASEO DE LA VICTORIA - SÁBADO 30/3 DE 12 HS A 20 HS

Publicación:

04/04/2024

Sanción:

22/03/2024

Organismo:

SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO URBANO


VISTO: las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, el Decreto

de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, los Decretos Nros. 491/16, el Decreto N°

387/23, y sus modificatorios, la Disposiciones Nros. 1.007-DGFYME/16 y 363-

DGFER/19, el Expediente Electrónico N° 11894212-GCABA-DGCDPU/24, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades

primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando

estrategias y diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como

entender en lo relativo al uso del espacio público;

Que, por Decreto N° 387/23 y su modificatorio N° 91/24, se aprobó la estructura

orgánica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de

la órbita del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General

Permisos y Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, con

responsabilidad primaria para "Planificar, administrar y supervisar las Ferias Itinerantes

de Abastecimiento Barrial FIAB en coordinación con las áreas competentes en caso de

corresponder " (..);

Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se autoriza la

instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto

reglamentario N° 491/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual

continuadora institucional, la Dirección General de Permisos y Ferias (DGPF), es la

autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas

complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;

Que, la Disposición N° 1.007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las

Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que, a través de la Disposición N° 363-DGFER/19 se ha autorizado el funcionamiento

la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N°33 "Sabe la Tierra" en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante Comunicación Oficial N° 11816246-GCABA-DGCDPU/24 se informó a

la Junta Comunal N° 5 del nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de

Abastecimiento Barrial (FIAB) N°33 "Sabe la Tierra";

Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados dependiente de

la Dirección General Permisos y Ferias mediante Informe N° 11813918-GCABA-

DGCDPU/24 solicita y presta conformidad a autorizar nuevos emplazamientos de FIAB

N° 33 "Sabe la Tierra" para el próximo sábado 30 de marzo de 2024 en Paseo de la

Victoria e Hipolito Yrigoyen N°4400, de esta ciudad;

Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 12 hs hasta las 20 hs,

contemplando el armado dos horas antes del horario de inicio de la feria y el

desarmado dos horas posterior al cierre de la feria;

Que, deviene imperioso autorizar dichos emplazamientos de las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial, a fin de evitar grandes desplazamientos y ofrecer productos de

calidad y variados, en nuevos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, atento que se encuentra vacante la Dirección General Permisos y Ferias

dependiente de esta Subsecretaría, los permisos se suscriben en virtud de las

competencias otorgadas por medio del Decreto N° 387/23 y sus modificatorios;

Que, habiendo verificado la documentación obrante en las presentes actuaciones se

constata el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa del visto,

corresponde dictar el correspondiente acto administrativo que autorice el mentado

emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO ORDENAMIENTO URBANO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial (FIAB) de tipo orgánico o especial N° 33 "Sabe la Tierra" conforme detalle

obrante en el Anexo I (IF-2024-11814474-GCABA-DGCDPU), que forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados dependiente de la Dirección General

Permisos y Ferias, que efectuará las notificaciones correspondientes. Cumplido,

archívese. Comín Villanueva


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6845

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la  Resolución N° 56/SSOUR/24, autoriza el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) de tipo orgánico o especial N° 33 “Sabe la Tierra“ en el marco de la Disposición N° 363-DGFER/19.</p>