RESOLUCIÓN 258 2024 SECRETARIA DE TRABAJO Y EMPLEO
Síntesis:
DETERMINA MONTOS - ASISTENCIA ECONÓMICA - TRABAJADORES-AS - PROGRAMA IMPULSO A LA INSERCIÓN LABORAL - SECRETARÍA DE TRABAJO Y EMPLEO
Publicación:
04/04/2024
Sanción:
26/03/2024
Organismo:
SECRETARIA DE TRABAJO Y EMPLEO
VISTO: Las Leyes N° 265, N° 6.684 y N° 6.393, el Decreto N°387/23 y sus
modificatorios, las Resoluciones Nros. 170-GCABA-MDEPGC/21, 789-GCABA-
SSTIYC/21, 514-GCABA-SSTIYC/22 y 222-GCABA-SSTIYC/23, el Expediente
Electrónico N° EX-2021-26508271- GCABA-DGEMP y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 265, se establecen las competencias de la Autoridad Administrativa
del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las cuales se encuentra la
de elaborar políticas tendientes a la capacitación y recalificación de los trabajadores,
como así también programas de incentivos y promoción de empleo;
Que por medio de la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder
Ejecutivo al Ministerio de Justicia;
Que en sentido concordante, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, aprobó la
estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires encontrándose la Secretaría de Trabajo y Empleo bajo la órbita del
citado Ministerio;
Que la Secretaría tiene entre sus responsabilidades primarias las de "asesorar al
Ministro en materia de cuestiones vinculadas con el trabajo en todas sus formas, en el
ejercicio del poder de policía en materia laboral, y en la determinación de las políticas
de empleo y seguridad social..." asi como "...entender en los planes, programas y
proyectos dirigidos a promover la generación de empleo en las empresas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires...";
Que la Ley N° 6.393 creó el Régimen Especial de Prácticas de Formación para el
Empleo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley Mencionada tiene como objetivo mejorar las competencias y destrezas de
personas mayores de 18 años, sin empleo, en situación de vulnerabilidad laboral y/o
social a través del desarrollo de prácticas formativas en ambientes de trabajo,
complementarias de procesos de fortalecimiento y tendientes a mejorar sus
condiciones de empleabilidad;
Que por Resolución N° 170-GCABA-MDEPGC/21 se creó el "Programa Impulso a la
Inserción Laboral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", con el objetivo de generar
políticas públicas tendientes a mejorar las tasas de empleo formal e impulsar la
inserción laboral;
Que el Programa mencionado consiste en incentivar la inserción laboral de los
participantes del Régimen de Prácticas de Formación para el Empleo mediante el
otorgamiento de una asistencia económica dirigida a solventar de modo parcial y por
tiempo determinado, el pago de las remuneraciones de ellos trabajadores y
trabajadoras, que inicien una relación de trabajo con aquellos empleadores
interesados en adherir al presente programa, con posterioridad a su creación, bajo los
términos y condiciones establecidos en su reglamentación;
Que el beneficio contenido en el Programa alcanza a quienes hayan adquirido el
carácter de entidad formadora en los términos de la Ley N° 6.393, y a aquellas
empresas del sector privado que acrediten los requisitos establecidos en la
reglamentación;
Que en su artículo 3° la Resolución mencionada designó como Autoridad de
Aplicación del Programa a la entonces Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio
facultándola para el dictado de todos los actos administrativos que resulten necesarios
para la implementación del mismo, actual Secretaría de Trabajo y Empleo;
Que así las cosas, por Resolución N° 789-GCABA-SSTIYC/21 se aprobaron los
mecanismos de implementación del Programa mencionado;
Que en la citada Resolución, se determinó el monto del beneficio a percibir por el
trabajador/a teniendo en cuenta si su empleador participó en carácter de Entidad
Formadora en un programa de capacitación y el porcentaje de inserción conforme lo
establecido por la Ley N° 6.393 y, si corresponde a mujeres mayores de 40 años;
Que por las Resoluciones N° 514-GCABA-SSTIYC/22 y N° 222-GCABA-SSTIYC/23 se
actualizaron los montos establecidos en la mencionada;
Que atento a que la asistencia económica se encuentra dirigida a solventar el pago de
las remuneraciones y que la misma constituye un aporte de relevancia como incentivo
para los beneficiarios del Programa, se considera pertinente ajustar el monto de
aquella;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que modifique los
montos establecidos en la normativa de aplicación.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas,
Artículo 1°.- Determínanse los montos en concepto de asistencia económica que
percibirán los/las trabajadores/as en el marco del Programa Impulso a la Inserción
Laboral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado por la Resolución N° 170-
GCABA-MDEPGC/21, conforme se establece en el Anexo I (IF-2024-12402238-
GCABA-SECTE), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Determinase que el monto establecido en el artículo 1° de la presente
resolución será aplicable para las solicitudes de adhesión que fueran aprobadas a
partir de la entrada en vigencia de la presente.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Empleo y a la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia. Jarvis